RESOLUCIONES 59 / 2020 MINISTERIO PUPILAR Y DE LA DEFENSA de 17 de Marzo de 2020

Fecha de Entrada en Vigor19 de Marzo de 2020
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2020
Número de Boletín29701
Fecha de Publicación18 de Marzo de 2020
Número de documento77072

MINISTERIO PUPILAR Y DE LA DEFENSA. RESOLUCION N° 59, del 17/03/2020.

VISTO

Las medidas que se están llevando a cabo para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19), El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/2020 de fecha 12/03/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia del Gobierno Provincial N° 1/1 de fecha 13/03/2020, la Resolución del Ministerio Pupilar y de la Defensa de la Provincia N° 55/2020 de fecha 10/03/2020 y N° 56/2020 de fecha 15/03/2020; y

CONSIDERANDO

Que teniendo en cuenta la crisis sanitaria generada por la pandemia que ha provocado la irrupción del COVID 19 (coronavirus), el Estado Nacional y Provincial han dispuesto durante los últimos días sendos planes de emergencia para dar respuesta a tal inédita situación.

Que en el marco de su competencia este Ministerio Pupilar y de la Defensa, emitió los actos necesarios para acompañar las medidas dispuestas por el Ministerio de Salud de la Nación, con el fin de preservar la salud de su personal como así también la de todas aquellas personas que concurran habitualmente a sus dependencias, contribuyendo con la contención de la propagación de la infección por coronavirus.

Que en este sentido, en fecha 10 de marzo de 2.020 mediante resolución Ministerial n° 55/2020 se estableció el protocolo de prevención para todos aquellos agentes que regresen de viaje desde áreas con circulación y transmisión de coronavirus, otorgándosele una licencia excepcional por el termino de catorce (14) días sin afectar la percepción normal y habitual de sus remuneraciones como así también de otro tipo de licencia prevista por la Acordada n° 234/91(Régimen de Asistencia, Licencia y Franquicia para Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial).

Asimismo, con igual interés en la salud pública y la emergencia sanitaria, por resolución n° 56/2020 de fecha 15 de marzo de 2.020, se dispusieron las siguientes medidas: 1) Restricción temporal de afluencia de público (Usuarios del Servicio de Justicia) en las distintas oficinas del Ministerio; 2) Suspensión de todas las actividades planificadas por la Escuela de Capacitación y Concurso; 3) Desdoblamiento de turno de todas las oficinas con el fin de reducir el número de personas dentro de un ámbito de trabajo; 4) Suspensión del uso del dispositivo de control biométrico (Huellero) para ingreso/egreso de los agentes a su jornada laboral; 5) Licencia excepcional para todos los agentes mayores de 65 años, agentes embarazadas, personas...

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