RESOLUCIONES 5 / 2020 DIRECCION DE FLORA FAUNA SILVESTRE Y SUELOS de 8 de Junio de 2020

Fecha de Entrada en Vigor21 de Agosto de 2020
Fecha de la disposición 8 de Junio de 2020
Número de Boletín29753
Fecha de Publicación11 de Junio de 2020
Número de documento77660

DIRECCION DE FLORA FAUNA SILVESTRE Y SUELOS. RESOLUCIÓN N° 52/2020 (DFFSyS), del 08/06/2020.

VISTO el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 del 12/03/2020 que declara la Emergencia Sanitaria, el Decreto Provincial de Necesidad y Urgencia N° 1/1 del 13/03/2020, la Resolución N°32/2020 DFFSyS del 19/03/2020 y las Resoluciones del Comité Operativo de Emergencia Covid – 19 (C.O.E.) N° 32/2020 del 01/06/2020 y N° 39/2020 del 10/06/2020, y

CONSIDERANDO:

Que motivado en la declaración de pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS) mediante el DNU N° 260/2020, el Poder Ejecutivo Nacional amplió por el plazo de un año la emergencia pública en materia sanitaria dispuesta originariamente en la ley N° 27.541.

Agravada la situación epidemiológica de acuerdo al escenario internacional, se requirió la adopción de medidas inmediatas, dando lugar al dictado del DNU N° 297/2020 por el cual se dispuso el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” durante el plazo comprendido entre el 20 y 31 de marzo del corriente año, plazo que fue prorrogado sucesivamente por los DNU N° 325/20 del 31/04/2020, 355/20 del 11/04/2020, 408/20 del 26/04/2020 y 493/20 del 24/05/2020 hasta el 07/06/2020 inclusive.

Que, en consonancia con las medidas dispuestas a nivel Nacional, el Poder Ejecutivo Provincial por DNU N° 1/1 del 13/03/2020, ratificado por ley N° 9.226, declaró la Emergencia Epidemiológica en todo el territorio provincial suscribiendo los DNU de adhesión N° 4/1 del 01/04/2020, 6/1 del 13/04/2020, 8/1 del 27/04/2020, 9/1 del 11/05/2020 y 10/1 del 25/05/2020 correspondientes a las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y sus respectivas prórrogas.

Que ante esta situación la DFFSyS mediante resolución N° 32 del 19/03/2020 veda todas las actividades de caza y pesca deportiva en todo el territorio de la provincia, dispone el cierre de los clubes y suspende el otorgamiento de licencias de caza y pesca deportiva como así la vigencia de los otorgados con anterioridad a dicha resolución.

Que de acuerdo a la evaluación favorable de los indicadores relativos a la evolución de la pandemia de COVID-19 en el territorio de la Provincia, tornó factible la flexibilización de la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, a través de disposiciones que permitan la reactivación gradual de actividades, siempre que éstas se lleven a cabo dentro de los parámetros normados por los protocolos específicos como lo dispuso el comité Operativo de Emergencia Covid–19 mediante las resoluciones N° 32 del 01/06/2020.

Que por resolución N° 39 COE del 10/06/2020 se dispone la aprobación del “Protocolo Complementario para la flexibilización de actividades deportivas - primera etapa”.

Que están dadas las condiciones para la habilitación gradual de aquellas actividades deportivas que se realizan al aire libre (a cielo abierto), que no implican contacto físico y permiten su ejecución cumpliendo con el distanciamiento adecuado para minimizar la oportunidad de transmisión viral.

Que, ante ello, corresponde...

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