RESOLUCIONES 379 / 2024 DIRECCION GENERAL DE CATASTRO / 2024-02-16

Fecha de publicación08 Marzo 2024
Fecha16 Febrero 2024
Número de Gaceta30.671
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial
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Resolución N°
VISTO:
La Resolución 470/04, que
casos de modificación de valuación fiscal originada por
individuales de los inmuebles a los fines de reasignar el correcto valor de los mismos
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Valuación procedió a realizar el cálculo actualizado de la
valuación fiscal, en base a la documentación presentada en el expediente de referencia,
la cual surge de la grabación correspondiente al
Informes d
Que por lo antes expuesto resulta procedente el dictado de una Resoluciónque
ponga en vigencia la nueva valuación conforme a lo di
470/04.
Que a tal efecto es necesario dictar el instrumento legal que así lo
ello,
Artículo 1º
dispuesto en la Resolución 470/04, de acuerdo al siguiente detalle:
Padrón
Anterior
Val
4780021
4780022
4780023
4780024
4780025
4780026
4780027
4780028
4780029
4780030
4780031
4780032
4780033
4780034
4780035
4780036
4780037
4780038
4780039
4780040
4780041
4780042
4780043
4780044
28643
3536112,96
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Resolución N°
379/2024 (Expte. Nº 1940-377-
202
San Miguel de Tucumán,
La Resolución 470/04, que
establece el procedimiento que debe seguirse en los
casos de modificación de valuación fiscal originada por
individuales de los inmuebles a los fines de reasignar el correcto valor de los mismos
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Valuación procedió a realizar el cálculo actualizado de la
valuación fiscal, en base a la documentación presentada en el expediente de referencia,
la cual surge de la grabación correspondiente al
Informes d
e Verificación).
Que por lo antes expuesto resulta procedente el dictado de una Resoluciónque
ponga en vigencia la nueva valuación conforme a lo di
Que a tal efecto es necesario dictar el instrumento legal que así lo
EL DIRECTOR GENERAL DE
RESUELVE:
Artículo 1º
:Actualizar
la valuación fiscal de los inmuebles por aplicación de lo
dispuesto en la Resolución 470/04, de acuerdo al siguiente detalle:
Anterior
Val
uación Categ. Expte. Nº Sup. Cubierta
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 63,05
1100 983323 63,05
1100 983323 63,05
1100 983323 63,05
1100 983323 63,05
1100 983323 63,05
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
1100 983323 62,26
3536112,96
1100 3153423 249,86
202
4)
San Miguel de Tucumán,
16de febrero
de 202
establece el procedimiento que debe seguirse en los
casos de modificación de valuación fiscal originada por
cambios en las características
individuales de los inmuebles a los fines de reasignar el correcto valor de los mismos
Que el Departamento Valuación procedió a realizar el cálculo actualizado de la
valuación fiscal, en base a la documentación presentada en el expediente de referencia,
la cual surge de la grabación correspondiente al
9/2/2024(
Planos de Mensuras e
Que por lo antes expuesto resulta procedente el dictado de una Resoluciónque
ponga en vigencia la nueva valuación conforme a lo di
spuesto en la
Resolución
Que a tal efecto es necesario dictar el instrumento legal que así lo
disponga. Por
EL DIRECTOR GENERAL DE
CATASTRO
RESUELVE:
la valuación fiscal de los inmuebles por aplicación de lo
dispuesto en la Resolución 470/04, de acuerdo al siguiente detalle:
Actual
DCTO
446/3
Val_Terr. Val_Mej. Val_Total
146086,68 948980,02 1095066,7
144432,79 949127,06 1093559,85
150568,48 948980,02 1099548,5
149828,73 948980,02 1098808,75
149641,8 948980,02 1098621,82
150079,87 948980,02 1099059,89
149822,27 948980,02 1098802,29
151534,29 948980,02 1100514,31
149128,12 948980,02 1098108,14
151569,25 948980,02 1100549,27
141777,76 971143,2 1112920,96
144469,65 971143,2 1115612,85
144469,65 971143,2 1115612,85
144469,65 971143,2 1115612,85
144469,65 971143,2 1115612,85
142023,96 971143,2 1113167,16
151654,36 948980,02 1100634,38
146846,19 948980,02 1095826,21
152540,38 948980,02 1101520,4
149632,3 948980,02 1098612,32
150463,62 948980,02 1099443,64
149846,97 948980,02 1098826,99
150477,29 948980,02 1099457,31
150706,02 948980,02 1099686,04
1651896,29 2846851,66 4498747,95
de 202
4
establece el procedimiento que debe seguirse en los
cambios en las características
individuales de los inmuebles a los fines de reasignar el correcto valor de los mismos
; y
Que el Departamento Valuación procedió a realizar el cálculo actualizado de la
valuación fiscal, en base a la documentación presentada en el expediente de referencia,
Planos de Mensuras e
Que por lo antes expuesto resulta procedente el dictado de una Resoluciónque
Resolución
disponga. Por
la valuación fiscal de los inmuebles por aplicación de lo
Rige
DCTO
446/3
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2024
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