RESOLUCIONES 378 / 2017 RESOLUCION Nº 378-SPS de 24 de Julio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Agosto de 2017
Fecha de la disposición24 de Julio de 2017
Número de Boletín29055
Fecha de Publicación 1 de Agosto de 2017
Número de documento60975

SIPROSA. RESOLUCION N° 378/SPS, del 24/07/2017.

EXPEDIENTE N° 8764/412-K-2016.-

VISTO: que por las presentes actuaciones se solicita la creación de la Residencia de Kinesiología General, con sede en el Hospital Angel C. Padilla, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 2/40 corre agregado el Programa de la Residencia cuya creación se propicia, el que incluye fundamentación de la creación, el perfil del egresado, cronograma de rotaciones, objetivos generales y específicos, contenidos por año de rotación, cronograma semanal de actividades, recursos y sistema de evaluación;

Que a fs.41/43 se adjunta informe de situación de revista de los profesionales propuestos para formar parte integrante del cuerpo docente de la referida Residencia;

Que a fs.52 la Dirección General de Recursos Humanos en Salud informa que la referida Residencia tendrá una segunda sede que será el Hospital de Clínicas Presidente Dr. Nicolás Avellaneda, con tres (3) años de duración, modalidad básica;

Que a fs.54/55 corre agregado informe de situación de revista de los profesionales pertenecientes al Hospital de Clínicas Presidente Dr. Nicolás Avellaneda, propuestos como docentes de la aludida Residencia;

Que a fs.44 y 56/57 la mencionada Dirección General es de opinión favorable a lo gestionado, teniendo en cuenta el perfil, objetivos de formación y las competencias propuestas, para desarrollar actividades específicas de la especialidad en adultos, niños y recién nacidos, ya que se trata de una especialidad crítica y de alta demanda para el Sistema;

Que además señala que ambas instituciones serán las encargadas de formar el recurso humano necesario para desarrollar eficientemente las actividades y funciones asignadas en las distintas áreas, para brindar atención a pacientes que requieran prestaciones de kinesioterapia, fisioterapia y rehabilitación en el Sistema;

Que a fs.63 el Comité de Docencia e Investigación del Hospital Angel C. Padilla rectifica la duración de la Residencia de que se trata, señalando que la misma tendrá una duración de tres (3) años de formación;

Que en relación al encuadre legal del pedido gestionado, cabe poner de manifiesto que el Artículo 5° de la Resolución N° 150/SPS-2016 “Reglamento General de Residencias del Sistema Provincial de Salud” dispone que: “Las residencias pueden ser creadas de oficio o a propuesta de la Dirección del Hospital o repartición que funcionará como centro de referencia de la misma de acuerdo a las siguientes modalidades:

  1. Residencia...

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