RESOLUCIONES 364 / 2016 RESOLUCION de 12 de Diciembre de 2016

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Enero de 2017
Fecha de la disposición12 de Diciembre de 2016
Número de Boletín28914
Fecha de Publicación 4 de Enero de 2017
Número de documento57710

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N° 364/2016 (DPJ), del 12/12/2016.

VISTO: El Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 3905/1 del 25 de Noviembre de 2016 y;

CONSIDERANDO:

Que el citado Decreto dispone que el mayor porcentaje de personal de la Administración Pública Provincial, incluyendo aquel que presta servicios en turnos vespertinos y el que percibe el adicional de bonificación por extensión horaria, debe hacer uso de sus vacaciones anuales ordinarias durante el mes de Enero de 2017.

Que el personal dependiente de la Dirección de Personas Jurídicas perteneciente a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Tucumán, casi en su totalidad queda comprendido por dicha normativa.

Que en tal sentido y en cumplimiento de lo dispuesto por el Superior Gobierno de la Provincia, el personal de este Organismo gozara de sus vacaciones anuales ordinarias organizado en un cronograma interno, que determina la existencia de un número mínimo de integrantes de la Dirección para el cumplimiento de una guardia administrativa.

Que en virtud de ello se hace necesario disponer la suspensión de los plazos de las actuaciones que se encuentran en trámite ante Dirección previstos exclusivamente en nuestra normativa vigente sin perjuicio de aquellos términos que se rigen por otras disposiciones que por su naturaleza exceden las facultades del organismo.

Que para ello debe emitirse el correspondiente acto administrativo por encontrarse esta Dirección facultada por el Art. 12 Inc. 3 de la Ley 8367.-

LA DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS

RESUELVE

ARTICULO 1°

DISPONER respecto a la Dirección de Personas Jurídicas una guardia administrativa mínima durante el mes de Enero de 2017 en virtud de lo establecido por el Decreto N° 3905/1 del Poder ejecutivo Provincial del 25 de noviembre de 2016.

ARTICULO 2°

ESTABLECER de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo anterior que únicamente se procederá a recepcionar actuaciones que se presenten por Mesa de Entrada de este Organismo lo que se, efectuara de Lunes a Viernes...

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