RESOLUCIONES 254 / 2022 SIPROSA / 2022-05-13

Fecha de publicación17 Mayo 2022
Fecha13 Mayo 2022
Número de Gaceta30.227
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial
SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 13 de Mayo de 2022.-
RESOLUCIÓN Nº 254 /SPS.-
EXPEDIENTE Nº 121/623-D-2022.-
VISTO, que por las presentes actuaciones la Dirección de
Rehabilitación de Dirección General de Programa Integrado de Salud, eleva
propuesta de implementación de la Residencia de Terapia Ocupacional con
sede en el Hospital de Clínicas Pdte. “Dr. Nicolás Avellaneda”, modalidad
básica de 3 (tres) años de duración, y
CONSIDERANDO
Que a fs.1vta. el Comité de Docencia e Investigación del citado
nosocomio, emite opinión favorable a lo solicitado, instando a la
prosecución del trámite;
Que a fs.2 se eleva nómina de recursos profesionales, y a fs.3/48
se adjunta el Programa de la referida Residencia y Anexo: módulos y
referencias bibliográficas;
Que a fs.49 toma intervención la Dirección del Hospital de
Clínicas Pdte. “Dr. Nicolás Avellaneda”;
Que a fs.51/52 obran informes de situación de revista de los
profesionales que se desempeñarán en el carácter de Director y Subdirector
de la referida Residencia, respectivamente;
Que a fs.53 la Dirección General de Recursos Humanos en Salud
y la Dirección de Formación y Capacitación de esa dependencia, expresan
que por estos actuados se gestiona la implementación de la Residencia de
Terapia Ocupacional, con sede en el Hospital de Clínicas Pdte. “Dr. Nicolás
Avellaneda”, modalidad básica de 3 años de duración;
Que asimismo indican que el Programa Teórico-práctico a
desarrollar, adjunto a fs.3/48, fue elaborado de acuerdo a la Guía para la
formulación de Programas de Residencias 2014 de la Dirección Nacional de
Talento Humano y Conocimiento del Ministerio de Salud de la Nación, y a
lo dispuesto en los artículos 4º y 5º del Reglamento de Residencias vigente-
Resolución nº76/SPS-2020;
Que el mismo contempla claramente los objetivos generales y
específicos de cada año de formación;
Que a fs.2 se propone la nómina de profesionales para integrar el
Equipo docente, que cumple con los requisitos, antecedentes y perfil
adecuados para las funciones a desempeñar en la Residencia de Terapia
Ocupacional;
Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 5º del Reglamento
de Residencias, para la implementación de la Residencia que por estos autos
se propicia, se debe contar con la aprobación de las autoridades del
SI.PRO.SA.;
Que por lo expuesto, la Dirección General de Recursos Humanos
en Salud, emite opinión favorable a lo gestionado, teniendo en cuenta que es
una Especialidad crítica y muy necesaria para el Sistema;
Que en relación al encuadre legal del pedido gestionado, cabe
poner de manifiesto que el artículo 5º de la Resolución nº 076/SPS-20
“Reglamento General de Residencias del Sistema Provincial de Salud”
dispone que: Las residencias pueden ser creadas de oficio, a propuesta de
la Dirección del Hospital o repartición en que funcionará como sede, de
acuerdo a las siguientes modalidades:
a) Residencia Básica: es el proceso de formación de posgrado, que
requiere para su ingreso acreditar título universitario, sin que se
requiera formación previa en otra especialidad;
b) Residencia Básica Modalidad articulada: es el proceso de
formación de posgrado, que requiere para su ingreso acreditar
título universitario, iniciando su formación en una especialidad
básica y completando en otra especialidad;
c) Residencia Post Básica: es el proceso de formación de posgrado,
que requiere para su ingreso, acreditar la formación en una
residencia básica;
A-La creación y aprobación de una Residencia: se hará mediante
acto administrativo del Presidente del Sistema Provincial de Salud.
B-Deberá adjuntarse: la opinión fundada del Comité de Docencia
e Investigación del Establecimiento, si lo tuviere”;
Que por lo expuesto, no existen objeciones legales que formular
para que la máxima autoridad de conducción del Organismo en virtud de
facultades conferidas por Ley nº 5652, y artículo 5º de la Resolución
076/SPS-20, emita el acto administrativo pertinente;
Que habiéndose producido la causal de impedimento prevista en el
artículo 12º de la Ley nº 5.652, el presente acto administrativo será suscripto
por el señor Secretario Ejecutivo Médico, conforme a lo allí dispuesto.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por Ley nº 5.652, y
atento al dictamen jurídico de fs.54 y vta.,
EL SECRETARIO EJECUTIVO MÉDICO
A CARGO DE LA PRESIDENCIA
DEL SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD
RESUELVE
1º.- Autorizar la implementación de la Residencia de Terapia Ocupacional
con sede en el Hospital de Clínicas Pdte. “Dr. Nicolás
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RESOLUCIÓN Nº 254 /SPS.-
EXPEDIENTE Nº 121/623-D-2022.-
Avellaneda”, modalidad básica de 3 (tres) años de duración, de conformidad
al Programa adjunto a fs.3/48, el cual es aprobado y como Anexo pasa a
formar parte integrante de la presente Resolución.-
2º.- Designar a los profesionales del Si.Pro.Sa. que se detallan a
continuación, en el carácter que en cada caso se indica, para su desempeño
en la Residencia de Terapia Ocupacional, que se autoriza por el artículo
anterior:
Director de la Residencia:
- Lic. Germán Andrés Figueroa, DNI. n° 32371730, nivel “b”, interino,
Hospital de Clínicas Pdte. “Dr. Nicolás
Avellaneda”.-
Subdirector de la Residencia:
- Lic. Roberto Darío Hernández Ruiz, DNI. n°26028045, nivel “b”,
titular, Hospital de Tafí del Valle”.-
Instructores:
- Lic. Zenklusen Vanina Carla, DNI. n°25806134, Hospital Juan M.
Obarrio.-
- Lic. Carlino María Antonella, DNI. n°36224033, Hospital Centro de
Salud “Zenón J. Santillán”.-
- Lic. Fernández Edgardo César, DNI. n°24802671, Hospital Juan M.
Obarrio (Hospital de Día).-
- Lic. Pucheta Ada, DNI. n°23875209, Hospital de Clínicas “Ntra. Sra.
del Carmen”.-
- Lic.Taranto María de los Ángeles, DNI. N°30539090, Hospital de
Clínicas Pdte. “Dr. Nicolás Avellaneda”.-
- Lic. Casares María de los Ángeles, DNI. n°30598481, Hospital del
Niño Jesús.-
- Lic. Navarro Romina Rosa, DNI. n°31179519, Hospital de Clínicas
Pdte. “Dr. Nicolás Avellaneda”.-
- Lic. Mendilarzu Lourdes, DNI. n°36224719, Centro “Las Moritas”.-
3º.- Registrar, comunicar, notificar, Publicar en el Boletín Oficial, y
archivar.-
Silsanc/121/residencia

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