RESOLUCIONES 2428 / 2017 RESOLUCION de 1 de Junio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor16 de Junio de 2017
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2017
Número de Boletín29023
Fecha de Publicación15 de Junio de 2017
Número de documento60166

INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO

PLAN DE COBRANZAS 2017

Expte. N° 14505/440-2016.-

NOTIFICO a los adjudicatarios morosos del Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Resolución N° 002428/17, cuyo texto es el siguiente: “S. M. de Tucumán, RESOLUCION N° 002428 del 01 de Junio de 2017: VISTO, que a fs. 16 la Dirección de Área de Recupero y Regularización Dominial propone modificaciones en el Anexo I de la Resolución 1535/17, la cual aprueba la reglamentación de planes de facilidades de pago de adjudicatarios morosos; y CONSIDERANDO: que, el Área Legal no presenta objeciones a lo requerido, conforme lo dispuesto por el artículo 11 inciso e) de la ley 3619, por lo que corresponde la emisión del acto administrativo correspondiente. -Por ello: LA INTERVENCION DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO RESUELVE: Art.1°: APROBAR las modificaciones propuestas la Dirección de Área de Recupero y Regularización Dominial, las cuales se adjuntan a la presente como Anexo I, referidas a la reglamentación de planes de facilidades de pago de adjudicatarios morosos, conforme a su diferente origen e historial de conducta de pago, en un todo de acuerdo a informes obrantes en autos.-Art.2°.-:PUBLICAR en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán, conforme lo solicitado por la Dirección del Área de Recupero y Regularización Dominial.-Art.3°.-:COMUNICAR a Áreas y Departamentos de este Instituto, a los fines que a cada uno les competa. Cumplido, PASE al AREA DE RECUPERO Y REGULARIZACION DOMINIAL a sus efectos. Firmado: Ing. Gustavo E. Duran, Interventor del Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano.-

ANEXO I

PLAN DE COBRANZAS 2017

  1. - a partir del 1 de junio de 2017 quienes se encuentren en mora de dos o más cuotas de amortización de su vivienda, tal como consta en los respectivos instrumentos singulares de asignación de la vivienda, el Instituto sin necesidad de interpelación previa podrá hacer uso de sus facultades de rescindir la vivienda e iniciar las acciones para recuperar las unidades habitacionales y/o cobro de pesos por vía judicial con mas costas y Honorarios.

  2. - Que asimismo, como alternativa a las medidas y sanciones expuestas en el punto anterior, a partir del 1 de junio 2017, el IPVDU podrá pactar con el moroso un nuevo plan instrumentado en un convenio de pago con nuevas condiciones de amortización, a saber:

  3. -Todo moroso que ofrezca abonar en un solo pago el total de la deuda...

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