RESOLUCIONES 124 / 2020 DIRECCION GENERAL DE RENTAS de 15 de Octubre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor17 de Octubre de 2020
Fecha de la disposición15 de Octubre de 2020
Número de Boletín29839
Fecha de Publicación16 de Octubre de 2020
Número de documento78967

SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, 15 de Octubre de 2020.

RESOLUCIÓN GENERAL N° 124/20

VISTO la Resolución N° 767/ME-2020, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución citada en el Visto, se restablece temporalmente hasta el 30 de noviembre de 2020, el régimen de facilidades de pago dispuesto por la Resolución N° 515/ME-2018;

Que dicha resolución faculta a esta Autoridad de Aplicación a establecer las condiciones, requisitos y formalidades para el otorgamiento de la facilidad de pago;

Que en virtud de ello, cabe dejar debidamente establecido que las condiciones, requisitos y formalidades que deberán cumplirse para el otorgamiento de la facilidad de pago administrativa restablecida por la Resolución N° 767/ME-2020 son las previstas por la RG (DGR) N° 49/18 y su norma complementaria, con los alcances establecidos por la citada resolución ministerial;

Que atento al estado de emergencia epidemiológica declarada en la Provincia de Tucumán, la adhesión al régimen de facilidades de pago en cuestión se deberá efectuar a través del sitio web de esta autoridad de aplicación, utilizando la clave fiscal otorgada por la Administración Federal de INGRESOS Públicos (A.F.I.P.);

Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática;

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1°

Dejar debidamente establecido que las condiciones, requisitos y formalidades que deberán cumplirse para el otorgamiento de la facilidad de pago administrativa en el marco de la Resolución N° 515/ME-2018, restablecida por la Resolución N° 767/ME-2020, son las previstas por la RG (DGR) N° 49/18 y su complementaria, y lo dispuesto por la presente resolución general, con los alcances establecidos por la citada Resolución N° 767/ME-2020.-.

Artículo 2°

A los fines de la presentación de la respectiva solicitud de la facilidad de pago, los sujetos deberán acceder a través del link denominadoServicios con Clave Fiscal, al servicioTrámites Web, opciónSolicitud web Plan de Pago RES 515/ME-2018 que se encuentra disponible en el sitio web de este...

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