RESOLUCIONES 120 / 2019 DIRECCION GENERAL DE RENTAS de 18 de Diciembre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor22 de Diciembre de 2019
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2019
Número de Boletín29642
Fecha de Publicación20 de Diciembre de 2019
Número de documento75925

DIRECCION GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL N° 120/19, del 18/12/2019.

VISTO la RG (DGR) N° 73/11 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la resolución general citada en el Visto, se designan agentes de percepción del Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios a los escribanos públicos titulares de registros notariales en jurisdicción de la Provincia de Tucumán y a sus adscriptos, por los actos o escrituras que autoricen, protocolicen o de cualquier otra forma se efectúen con su intervención;

Que por el inciso c) del artículo 2° de la citada resolución general se dispuso la obligación para dichos agentes de presentar mensualmente fotocopia de determinados instrumentos informados en el formulario N° 813/D – Nuevo Modelo- (F.813/D Nuevo Modelo);

Que a los fines de facilitar la carga administrativa de los mismos, corresponde disponer que la citada información sea presentada mediante la utilización del programa aplicativo que apruebe esta Autoridad de Aplicación, dejando asimismo sin efecto la presentación de las referidas fotocopias;

Que en virtud de lo expresado precedentemente, corresponde aprobar una nueva versión del programa aplicativo “Declaración Jurada – Agentes de Percepción – Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios – RG (DGR) N° 73/11”, como así también efectuar determinadas adecuaciones normativas;

Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación, Inteligencia Fiscal e Informática;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° y concordantes de la Ley N° 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias,

LA DIRECTORA GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1° Modificar la RG (DGR) N° 73/11 y su modificatoria, en la forma que a continuación se indica:
  1. Suprimir el inciso c) del artículo 2°.

  2. Sustituir el artículo 6°, por el siguiente:

Artículo 6°.- Establécese un régimen de información de carácter mensual por el cual los sujetos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR