RESOLUCIONES 114 / 2021 DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS de 26 de Julio de 2021

Número de registro82547
Fecha de disposición26 Julio 2021
Fecha de publicación29 Julio 2021
Número de Gaceta30029

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N° 114/2021-D.P.J., del 26/07/2021.

VISTO: Los antecedentes obrantes en legajo de la Asociación Civil “CLUB SPORTIVO ALFREDO GUZMAN” con domicilio legal en San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán, y sede en calle Juramento N° 415 de esta Ciudad Capital- Legajo N° 12 y;

CONSIDERANDO:

Que la entidad obtuvo personería jurídica por Decreto Nro. 785/23 de fecha 01/08/1923 encontrándose por ende bajo el contralor de este Organismo.

Que la entidad a la fecha cuenta con autoridades con mandatos vencidos el día 11/12/20 adeudando además tratamiento asambleario y cumplimiento de observaciones técnicas a la documentación contable presentada y correspondiente a balances, memoria, inventario e informes de la Comisión revisora de cuentas por ejercicios cerrados en años 2019 y 2020.-

Que por expte Nro. 407-211-2021 de fecha 22/02/2021 se presenta a este Organismo el Sr. Pedro Saslaver quien denuncia a esta repartición “la irregularidad en la constitución de la comisión Directiva del Club Sportivo Guzmán”, manifestando entre otros puntos que la Presidente(Sra. Mirta Gutiérrez) , la Secretaria ( Sra. Patricia del Valle Lizarraga) y el integrante de la Comisión Revisora de cuentas( Sr. Ramón Eulogio Lizárraga) son parientes.-

Que expone que “conforme lo acredito con acta de nacimiento que acompaño el Sr. Ramón Eulogio Lizárraga es esposo de la Sra. Mirta del Valle Gutiérrez y padre de la Sra. Patricia Catalina del Valle Lizárraga

Que invoca el Art. 173 del Código Civil y adjunta acta notarial de fecha 15/11/2019 (ya presentada por el requirente en actuaciones anteriores ) por medio del cual surge que el mismo se apersonó en compañía de un Escribano en la sede social del Club a fin de solicitar a las autoridades la incorporación de asociados y nota donde requiere la entrega de credenciales correspondientes .- Según la descripción del acta el notario interviniente se solicito la recepción de la documentación lo cual fue negado por la Sra. Presidente , manifestándole al mismo que “debe ingresar ( la instrumental) por el departamento de Personas Jurídicas y que ella no lo puede recibir” ( SIC).-

Que por expte Nro. 514-211-c-2021 de fecha 01/03/2021 se presenta a esta Dirección ampliación de la denuncia de fecha 22/02/2021 ingresada por expte Nro. 407-211-2021 - Fundamenta su exposición en que “se dejó de otorgar los carnet de socios, no se les cobra cuota societaria, para impedirle ejercer los derechos institucionales , se dio de baja a aquellos que podían obstaculizar las ilícitas maniobras de la comisión directiva y se negó la afiliación de centenar de socios que no se podían manejar…”

Que debe tenerse presente que el Dpto. Legal a través de dictamen de fecha 01/03/2021 observó que las cuestiones planteadas ya fueron dictaminadas en fecha 31/01/2020 en expte Nro. 6301/2019, con la conformidad de la Dirección encontrándose notificado el denunciante en fecha 11/03/2020 sin que se haya planteado Recurso administrativo alguno correspondiente conforme Ley 4537 – Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Tucumán.-

Que no obstante la nueva presentación del denunciante en relación a lo planteado sobre la afiliación de nuevos socios se procedió a correr vista a las autoridades para que en plazo perentorio acompañe o formule el descargo que considere oportuno con la documentación probatoria correspondiente.-

Que se encuentra notificado de ello tanto el denunciante como la Presidente de la entidad a fojas 07 de expte Nro. 407/2021.-

Que por expte Nro. 675-211-2021 de fecha 11/03/2021 el denunciante solicitó a esta repartición padrón de asociados retirando el mismo el último padrón obrante en esta Dirección conforme surge vuelta de fojas 01 de expte referenciado y por expte Nro. 807-211-2021 de fecha 19/03/2021 el mismo presenta a esta Dirección padrón de socios correspondiente a los años 2013/2014 y 2016/2018.-

Que adjunta también a fojas 09 nota dirigida a la Presidente de la asociación donde expone que “ en reiteradas oportunidades hemos solicitado a esa comisión nuestro carnet de socio sin haber obtenido resultado pese a nuestros aportes permanentes realizado por cada uno de los suscriptos”..

Adjunta a la mencionada nota firmas de personas quienes serían los peticionantes.-

Que por expte Nro. 1040-211-c-2021 y agregados la entidad presenta la documentación contable correspondiente a los ejercicios cerrados en los años 2019 y 2020.- Que antes de analizar la instrumental correspondiente a ejercicios 2019 y 2020 la jefatura del Departamento de Asociaciones Civiles se refirió ala situación de la documentación contable de la entidad recalcando que el ejercicio correspondiente al año 2018 ( adjuntado en expte Nro. 6035-211-2019) se encuentra sin tratamiento asambleario y que adeuda además presentación de memoria, inventario e informe de la comisión revisora de cuentas de ese periodo.-

Que analizada la documentación contable...

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