RESOLUCIONES 111 / 2018 DIRECCION GENERAL DE RENTAS de 3 de Octubre de 2018

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Octubre de 2018
Fecha de la disposición 3 de Octubre de 2018
Número de Boletín29345
Fecha de Publicación 4 de Octubre de 2018
Número de documento68469

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL N° 111/18, del 03/10/2018.-

VISTO las RG (DGR) Nros. 86/00, 54/01, 23/02 y 176/03 y sus respectivas modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las normas citadas en el Visto se establecen regímenes de percepción y retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;

Que del proceso de revisión constante de la normativa que regula los citados regímenes, deviene oportuno excluir como sujetos pasibles de los mismos a los contribuyentes que acrediten haberse dado de alta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos durante el mes calendario en el que corresponde practicar la percepción o retención;

Que asimismo, razones de neto corte de administración tributaria aconsejan modificar la temporalidad del cumplimiento del requisito para la vigencia y validez de la constancia para acreditar inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos;

Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación, Inteligencia Fiscal e Informática;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° y concordantes la Ley N° 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias,

LA DIRECTORA GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1° Incorporar como inciso g) del artículo 4° de la RG (DGR) N° 86/00 y sus modificatorias, el siguiente:

g) Los contribuyentes que acrediten haberse dado de alta en el gravamen durante el mes calendario en el que corresponde practicar la percepción. En tales supuestos, el agente deberá solicitar fotocopia debidamente suscripta de la constancia de inscripción F.901 o formulario F.900 cuando se trate de contribuyentes locales, o del Certificado de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR