Resoluciones

Fecha de publicación09 Junio 2023
Número de Gaceta27627
SecciónSección Administrativa
Paraná, viernes 9 de junio de 2023 BOLETIN OFICIAL / Sección Administrativa 29
RESOLUCIONES
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS
RESOL UCION Nº 1283 CMER
N
NO
O
H
HA
AC
CI
IE
EN
ND
DO
O
L
LU
UG
GA
AR
R
A
A
I
IM
MP
PU
UG
GN
NA
AC
CI
IO
ON
N
Paraná, 15 de mayo de 2023
VISTO :
La impugnación presentada por el Dr. Maur icio Javier Guerrero contra el resultado final de la Prueba de
Oposición Escrita, en el marco del Concurso Público de Antecedentes y Oposición N° 252, destinado a cubrir tres
(3) cargos de Juez de Garantías, N° 1, N° 3 y N° 4 de la ciudad de Concordia;
CONSI DERANDO:
Que, en or den a la admisibilidad formal del recurso intentado, cabe señalar que ha sido interpuesto en tiempo y
forma, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley Nº 11.003 y el artículo 84 del Reglamento General
y de Concursos Públicos (RGCP);
Que, adentrándonos en el análisis de la procedencia del planteo deducido, corresponde reseñar en primer lugar,
que mediante Acta Nº 39, de fecha 30/11/2022, se estableció la correlación entre los datos personales de cada
postulante, contenidos en los sobres identificados con una clave numérica y las claves alfabéticas asignadas a
cada uno de los exámenes escritos, junto a la calificación obtenida conforme dictamen del Jurado interviniente;
Que, asimismo en la fecha señalada ut supra, junto a los puntajes establecidos por el Jurado Técnico, se dieron
a conocer los argumentos valorativos que forman parte del criterio que se sostuvo para evaluar el examen escrito,
y se hizo saber la Calificación de Antecedentes aprobada mediante Resolución Nº 1222 CMER, de fecha
14/11/2022 y finalmente, se estableció el orden de mérito resultante luego de la suma de los puntajes obtenidos;
Que, en este estado, el Dr. Guerrero promueve la vía recursiva señalada más arriba, la cual fue analizada en
Sesión de fecha 21/03/2023;
Que, previo a entrar al tratamiento de los reproches formulados al Dictamen del Jurado Técnico relativo a la
calificación de la Prueba de Oposición Escrita, el Consejo considera conveniente precisar su m arco de actuación
conforme la reglam entación vigente, que delega la tarea de elaborar, meritar, corregir y calificar las pruebas de
oposición de los postulantes, en un cuerpo examinador extraño al Consejo, propuesto por entidades que integran
el CMER y compuesto por miembros perteneciente a dichas organizaciones, todos ellos especialistas en la
materia que se concursa;
Que, en esta instancia, el Consejo de la Mag istratura en p leno, interviene para efectuar un control sobre la
legalidad y acierto del accionar del Jurado de Concurso en la tarea encomendada, esto es la revisión sobre
errores materiales en la puntuación, o en el procedimiento o resguardo de la imparcialidad y objetividad que el
Tribunal examinador debe tener, debiendo respetar el poder exclusivo de valoración otorgado al jurado
examinador y sólo merituar si se sobrepasan sus límite s;
Que, el recurrente interpone el Recurso de Reposición contra el dictamen de evaluación de la prueba de
oposición escrita, por considerar que ha existido arbit rariedad manifiesta;
Que, pese a que el Jurado Técnico no le menciona ninguna crítica, ningún yerro, ni falta de fundamentación en el
desarrollo del mismo, a su entender, fue valorado posi tivamente todo lo resuelto en su evaluación sin em bargo le
otorgan 42 puntos. Sostiene el recurrente que no se encuentra debidamente fundamentado la quita de puntaje;
Que, afirma que la ar bitrariedad se acredita con la existencia de exámenes a los que se les marca yerros o
cuestiones señaladas como no satisfactorias sin embargo reciben el mismo puntaje que el impugnante, como por
ejemplo PMH y JOV. Por lo expuesto, entiende que no existió igual criterio a la hora de fijar la nota, además,
sostiene que se vulnera el principio de igualdad;
Que, por otra parte, respecto a su examen, advierte que no fue valorada adecuadam ente por parte del Jurado
Técnico, la numerosa jurisprudencia citada -salvo Rodriguez Kemerer y Regner- como si se hizo con exámenes
con la misma puntuación;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR