Resolución Técnica 31. NORMAS CONTABLES PROFESIONALES: Modificación de las Resoluciones Técnicas N° 9, 11, 16 y 17. Introducción del modelo de revaluación de bienes de uso excepto activos biológicos. PRIMERA PARTE

Fecha de disposición09 Diciembre 2015
Fecha de publicación09 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución Técnica 31/2011

NORMAS CONTABLES PROFESIONALES: Modificación de las Resoluciones Técnicas N° 9, 11, 16 y 17. Introducción del modelo de revaluación de bienes de uso excepto activos biológicos.

PRIMERA PARTE

25/11/2011

Visto:

El proyecto N° 21 de Resolución Técnica sobre "NORMAS CONTABLES PROFESIONALES: Modificación de las Resoluciones Técnicas N° 9, y 17. Introducción del modelo de revaluación de activos" elevado por el Consejo Emisor de Normas de Contabilidad y Auditoría de esta Federación.

Y considerando:

  1. Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional;

  2. que dichos Consejos han encargado a esta Federación la elaboración de proyectos de normas técnicas para su posterior aprobación y puesta en vigencia dentro de sus respectivas jurisdicciones;

  3. que los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de las veinticuatro jurisdicciones han suscripto la denominada "Acta de Catamarca" del 27 de septiembre de 2002, en la que exteriorizaron explícitamente su compromiso en el artículo 2 Inc. b de "sancionar, sin modificaciones, las normas técnicas profesionales aprobadas por la Junta de Gobierno de la FACPCE";

  4. que la Resolución Técnica N° 26 "Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) y de la Norma Internacional de Información Financiera para pequeñas y medianas entidades ("NIIF para las PyMES")" adopta, en forma obligatoria, para determinadas empresas, las NIIF completas;

  5. que las NIIF --NIC 16--, en la medición de los bienes de uso, admite como alternativa el modelo de revaluación;

  6. que, en determinadas circunstancias, el modelo de revaluación puede permitir proveer mejor información sobre el patrimonio del ente emisor a una fecha y su evolución económica en el período, para facilitar la toma de decisiones económicas;

  7. que durante los períodos de consulta para el PRT 21 se han recibido numerosas sugerencias y comentarios;

  8. que los mismos han sido analizados por el Consejo Emisor, realizando las recomendaciones correspondientes y modificando los párrafos pertinentes;

  9. que la experiencia en Argentina, con los llamados "revalúos técnicos", hace necesario establecer exigencias adecuadas en la medición para el modelo de revaluación y en su tratamiento contable;

  10. que estas exigencias y tratamiento...

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