Resolucion 9/2007 -ssgp

Fecha de disposición12 Abril 2007
Fecha de publicación12 Abril 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31133

RESOLUCIONES ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 196/2007

Amplíase la competencia en lo que respecta a la facultad para instruir investigaciones sumarias y sumarios a los que se refiere el artículo 6º del Reglamento de Investigaciones Administrativas aprobado por el Decreto Nº 467/99, implementado por la Resolución Nº 55/2007.

Bs. A., 3/4/2007

VISTO el Expediente Nº 024-99-81076554-9-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita un proyecto de resolución por el cual se fija la competencia para llevar adelante la instrucción de las informaciones sumarias y los sumarios en el ámbito de esta Administración Nacional.

Que por Resolución D.E.- N. Nº 55 de fecha 31 de enero de 2007 se implementó en el ámbito de esta Administración Nacional el Reglamento de Investigaciones Administrativas aprobado por el Decreto Nº 467 de fecha 5 de mayo de 1999.

Que dicho proceder encontró mérito en las consideraciones expuestas en oportunidad de celebrarse la 'Décima reunión ordinaria del Comité de Control de la Administración Nacional de la Seguridad Social', entre las cuales se planteó la necesidad de dejar sin efecto el régimen regulado por la Resolución D.E.A. Nº 1257/92 (t.o. 1995) y adoptar aquel citado en el considerando que antecede.

Que lo expuesto tuvo por objeto proporcionar en todo el ámbito de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL un marco legal idóneo para la tramitación de las informaciones sumarias y los sumarios administrativos, en salvaguarda de los derechos de los agentes de este Organismo, y la finalidad de incorporar las herramientas necesarias para el correcto ejercicio del poder disciplinario.

Que el artículo 6º del Reglamento de Investigaciones Administrativas aprobado por el Decreto Nº 467/99, establece que: 'La sustanciación de las informaciones sumarias y los sumarios se efectuará en la oficina de sumarios del área respectiva, y estará a cargo de funcionarios letrados de planta permanente'.

Que disposición análoga a la antes citada se encontraba prevista por el artículo 2º del Reglamento de Investigaciones Administrativas aprobado por Resolución D. E. A. Nº 1257/92 (t.o. 1995).

Que ante la necesidad de brindar una adecuada atención al cúmulo de sumarios en trámite, mediante Resolución D.E.-A Nº 297 de fecha 4 de abril de 2005, se resolvió ampliar la competencia instructoria a todos los abogados que presten servicios en este Organismo cualquiera sea su situación de revista.

la tarea investigativa mencionada se cumple en jurisdicción de Capital Federal y del Interior, lo que involucra un volumen de actuaciones que requiere un número proporcional de...

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