Resolucion 1629/2007 - Srt

Fecha de disposición26 Octubre 2007
Fecha de publicación26 Octubre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31268

Apruébase el 'Reglamento para el Reconocimiento de implementación de los Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo'.

Bs. As., 23/10/2007

VISTO, el Expediente Nº 9399/07 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 19.587 y Nº 24.557, sus normas complementarias, y la Resolución S.R.T. Nº 523 de fecha 13 de abril de 2007, y CONSIDERANDO:

Que es función de este Organismo de control velar por el cumplimiento y difusión de las normas que integran el Sistema sobre Riesgos del Trabajo.

Que la Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo protege el derecho de los trabajadores a la salud y seguridad en el trabajo, por lo que el Estado debe adoptar las medidas apropiadas para garantizar su plena efectividad.

Queelartículo5ºincisoh)delaLeyNº 19.587deHigieneySeguridadenelTrabajo,establececomo principio básico el estudio y adopción de medidas para proteger la salud y la vida del trabajador.

Que el artículo 1º de la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 523 de fecha 13 de abril de 2007 se aprobaron las 'Directrices Nacionales para los sistemas de gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo'.

Que asimismo la implementación de los Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo por parte de los empleadores en sus empresas es de aplicación voluntaria.

Que si bien la aplicación del modelo propuesto por la ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.) no exige certificación, esta S.R.T. diseñó un Reglamento de reconocimiento de implementación de Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (S.G.S.S.T.), previa auditoría por parte de autoridad nacional, como un método de incentivo para el empleador.

Que el objetivo del presente reglamento consiste en especificar los requisitos y procedimientos para el reconocimiento de implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo.

Que la Subgerencia de Asuntos Legales de esta S.R.T., ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.557.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO RESUELVE Artículo 1º -- Aprobar el 'Reglamento para el Reconocimiento de implementación de los Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo' que como Anexo se agrega a la presente resolución.

Art. 2º -- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º -- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Héctor O. Verón.

ANEXO REGLAMENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE IMPLEMENTACION DE LOS SISTEMAS DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO Indice Prólogo 1. Objeto 2. Publicaciones de Referencia 3. Procedimiento 3.0 Requisitos generales 3.1 Condiciones para solicitar el Reconocimiento del S.G.S.S.T.

3.2 Proceso de Reconocimiento 3.3 Equipo de Auditoría 3.4 Proceso de Auditoría 3.5 Evaluación de la Auditoría 3.6 Informe de Auditoría 3.7 Decisión para el reconocimiento 3.8 Carta de Reconocimiento y Validación PROLOGO La implementación de Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (S.G.S.S.T.) por parte de los empleadores, trae innumerables beneficios para la salud de los trabajadores, quienes de hecho y derecho son los beneficiarios indiscutidos de este importante 'tablero de herramientas'.

Los empleadores también se benefician con la implementación de S.G.S.S.T., al fijar un norte en la mejora continua y poder demostrar su compromiso con la Seguridad y Salud en el Trabajo (S.S.T.).

Convencida de este enfoque, la...

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