Resolucion - Sn

Fecha de disposición29 Abril 2008
Fecha de publicación29 Abril 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31394

Pág.

ADHESIONES OFICIALES 498/2008-SG Auspíciase a 'Seguriexpo Bisec 2008', a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

REGISTRO NACIONAL DE ARMAS 221/2008-RNA Apruébase el Formulario de Libre Reproducción para Reempadronamiento de armas de fuego.

27 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 modificada por su similar Nº 1151 del 28 de diciembre de 2006 y la Decisión Administrativa Nº 25 del 22 de febrero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que por la decisión administrativa citada en el último término en el Visto de la presente se aprobó, entre otras, las prórrogas de las contrataciones de diverso personal de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo I de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la Subsecretaría de la Gestión Pública Nº 48/02.

Que, por un error en el procedimiento de la equiparación al grado en los términos del artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 3/04 y modificatorias, se le consignó a Da. Maricel Verónica CIANCHINO un Nivel B-Grado 1.

'El acto administrativo regular, del que hubieren nacido derechos subjetivos a favor de los administrados, no puede ser revocado, modificado o sustituido en sede administrativa una vez notificado. Sin embargo, podrá ser revocado, modificado o sustituido de oficio en sede administrativa si el interesado hubiere conocido el vicio, si la revocación, modificación o sustitución del acto lo favorece sin causar perjuicio a terceros y si el derecho se hubiere otorgado expresa y válidamente a título precario.

'.

Que en consecuencia y sobre la base de lo expuesto, resulta necesario revocar dicha decisión administrativa a efectos de subsanar el error y dar por aprobada la contratación de la agente Da. Maricel Verónica CIANCHINO con un Nivel B - Grado 3.

Que por el artículo 9º del anexo I del Decreto Nº 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente de que se trata, según surge de los actuados se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término en el Visto.

Que el Sistema Nacional...

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