Resolución sintetizada N° 830/GCABA/SC/01

Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Cultura
Fecha de la disposición 5 de Junio de 2001

DECRETO N° 830

ACUÉRDASE MEDIDA DE NO INNOVAR RESPECTO AL NICHO N° 16.355, FILA

5, GALERÍA GPN DEL CEMENTERIO DE FLORES

Buenos Aires, 25 de junio de 2001.

Visto el Expediente Nº 60.976/99 por el cual Alejandra Raquel Parrini, solicita medida de no innovar con respecto al nicho 16355, fila 5, galería GPN del Cementerio de Flores, donde se encuentran los restos de quien en vida fuera su abuelo Nello Américo Parrini, y

CONSIDERANDO:

Que la interesada fundamenta su pedido en que se debe a una medida precautoria, a los efectos de que no se proceda al traslado y/o cremación del cadáver mencionado, sin su consentimiento;

Que la medida precautoria solicitada, resulta procedente en virtud de haberse acreditado por parte de la peticionante el interés legítimo que prescribe el artículo 57 de la Ordenanza Nº 27.590 (B.M. N° 14.537) AD 480.1, que regla sobre el particular;

Por ello, de acuerdo a lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y en uso de las facultades legales que le son propias (Artículo 104, de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º

— Acuérdase la medida de no innovar con respecto al nicho Nº 16355, fila 5, galería GPN del Cementerio de Flores, donde se encuentran los restos de quien en vida fuera Nello Américo Parrini, por el término de noventa (90) días a partir de la fecha de notificación de la presente, bajo exclusiva responsabilidad de la solicitante, dejándose constancia que dentro del plazo otorgado deberá cumplimentarse lo establecido en...

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