Resolución Sintetizada 40.

Fecha de disposición24 Mayo 2018
Fecha de publicación24 Mayo 2018
SecciónResoluciones Sintetizadas

ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

Resolución Sintetizada 40/2018

18/05/2018

El Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el Expediente Nº 3735-18 la Resolución ERAS Nº 40 de fecha 18/05/2018, mediante la cual se dispone la creación de un registro, transcribiendo a continuación los artículos:

ARTICULO 1º.- Créase en el ámbito del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) el Registro de Inscripción de Matriculados Universitarios o Técnicos ante los respectivos Consejos Profesionales y de los Instaladores Sanitaristas que obtengan el Certificado de Idoneidad emitido por las entidades pertinentes que cumplan con los requisitos necesarios, quienes intervienen en los proyectos y dirección de las instalaciones hidráulicas sanitarias, ampliación, modificación y mantenimiento de las Instalaciones Sanitarias Internas de acuerdo al Reglamento de OBRAS SANITARIAS DE LA NACION Nº 75.185/1986 y/o el que se dicte en el futuro en la materia.

ARTÍCULO 2º.- La inscripción en el Registro creado por el artículo 1º de la presente resolución resulta obligatoria y habilita a los registrados a tramitar cualquier clase de actuación referente a solicitudes, permisos y habilitaciones de instalaciones hidráulicas sanitarias internas, de acuerdo a la categoría de la instalación y a los instaladores sanitaristas a ejecutar los trabajos inherentes a las instalaciones, todo ello en el ámbito de la concesión a AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

ARTICULO 3º.- Corresponde a los inscriptos en el Registro creado por el artículo 1º de la presente resolución asumir la total responsabilidad en cuanto a la calidad del proyecto, materiales empleados, dirección y/o ejecución de las instalaciones hidráulicas sanitarias y su resultado final, así como del cumplimiento de los reglamentos y normas vigentes, cada uno en el ámbito de su competencia. El ejercicio del poder disciplinario se ejercerá de acuerdo al Reglamento de OBRAS SANITARIAS DE LA NACION Nº 75.185/1986 y/o el que se dicte en el futuro en la materia, con independencia de la responsabilidad civil, penal o administrativa.

ARTICULO 4º.- Dicho Registro se mantendrá actualizado y tendrá carácter público para su consulta.

ARTICULO 5º.- La acreditación...

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