Resolución - Simple N° 98 - IGE/2023, 10/10/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 98/IGE/23
Buenos Aires, 9 de octubre de 2023
VISTO: Las Leyes Nº 2.095, 6.031 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6588), los
Decretos Nros. 463/19 y sus modificatorios, 92/21, 109/23, 129/23, 130/23, la
Disposición N° 333-GCABA- DGCYC/23, el Expediente Electrónico N° 37586442-
GCABA-IGE/2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa por Urgencia
para la contratación del “servicio de limpieza en los establecimientos de votación en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinados a las próximas elecciones”, con destino
a este Instituto de Gestión Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al
amparo de lo establecido en el artículo 29 inciso 1° y el artículo 41 de la Ley Nº 2.095
(texto consolidado según Ley Nº 6.588) y su Decreto Reglamentario Nº 129/23;
Que por el Decreto N° 109/23, y su modificatorio N° 228/23, se convocó al electorado
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas
y Obligatorias, Elecciones Generales y eventual Segunda Vuelta, para que proceda a
la selección de Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno, treinta (30) Diputados/as titulares y
respectivos suplentes para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y siete (7) miembros integrantes titulares y sus suplentes de cada una de
las quince (15) Juntas Comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme
las previsiones establecidas en el cuarto párrafo del artículo 60 del Código Electoral;
Que, por su parte, el artículo 1° de Ley N° 6.031 creó el Instituto de Gestión Electoral
(IGE), como ente autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, con personería jurídica pública estatal, autarquía financiera e
independencia funcional, conforme a la organización, misión y competencias
determinadas en su artículo 4°;
Que en el artículo 5° del Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se
establece que el Instituto de Gestión Electoral, con potestades administrativas en
materia electoral, es uno de los Organismos Electorales de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires con las competencias y funcionamiento previsto en las leyes respectivas;
Que, en sentido concordante, la Ley N° 6.031 en su artículo 13 inciso 3 establece
como función del Director Titular de este Instituto la de realizar los actos, compras y
contrataciones que sean necesarios para la adecuada organización y funcionamiento
del proceso electoral;
Que, asimismo el último párrafo del artículo 21 de esa norma, establece que el
Régimen Jurídico, para los procesos de compras y contrataciones de bienes y
servicios efectuados por éste, así como la regulación de las obligaciones y derechos
que se derivan de los mismos, se regirán por la Ley N° 2095 Compras y
Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y sus normas
reglamentarias, complementarias y modificatorias;
Que la Ley N° 2095 establece las normas básicas para los procesos de compras y
contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6725 - 10/10/2023

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