Resolución - Simple N° 970 - MEPHUGC/2022, 24/10/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 970/MEPHUGC/22
Buenos Aires, 18 de octubre de 2022
VISTO: La Ley Nacional de Obra Publicas 13.064, La Ley N° 2.809 (texto consolidado
por Ley 6.347), el Decreto N° 127/14, las Resoluciones N° 43-SSUEP/2016, N° 107-
SSUEP/2016, 584/MHGC/17 y 1802/MHGC/2017, el Expediente Electrónico N°
4830031-DGRP/2017 y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 43-SSUEP/16, la Subsecretaría de Uso del Espacio Público
aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones
Técnicas Generales y Particulares y los planos de aplicación que rigen la presente
contratación y llamo a Licitación Pública Nº 346/SIGAF/2016;
Que por Resolución N° 107-SSUEP/2016 de fecha 28 de septiembre de 2016, se
aprobó la Licitación Pública Nº 346-SIGAF/2016 referida a la Obra Pública: “Área
Ambiental Retiro Etapa I”, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras
Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254-GCBA/08. se adjudicó a la firma CUNUMI
S.A.;
Que mediante expedientes N° 2017-03101443-MGEYA-DGTALMH y N° 2017-
10326145-MGEYA-DGTALMH, la empresa CUNUMI S.A. presentó la solicitud de
Primera y Segunda (1° y 2°) readecuación provisoria de precios, las cuales fueron
aprobadas por las Resoluciones N° 584-MHGC/2017 y N° 1802-MHGC/2017 cuyos
porcentajes alcanzaron el 8,59% y 6,46% o en un 4,20% (neto de anticipo financiero y
acopio) a partir del 1° de octubre de 2016 y febrero de 2017;
Que atento a ello y en concordancia con lo establecido en la normativa en vigencia, la
Dirección General de Redeterminación de Precios del Ministerio de Hacienda y
Finanzas ha efectuado de oficio la primera y segunda (1° a 2°) redeterminación
definitiva de precios de la obra en forma conjunta al 1° de octubre de 2016 y 1° de
febrero de 2017 en los términos de la Ley 2809;
Que la Dirección General obras de Regeneración Urbana ha tomado la intervención
prevista en la normativa vigente emitiendo la Providencia N° PV-2019-30477367-
GCABA-DGORU resaltando que, según reporte de inspección de obra, no se han
registraron disminuciones en el ritmo de trabajo u otros incumplimientos en las
obligaciones asumidas al 1° de octubre de 2016 y 1° de febrero de 2017 (momentos a
los que fueron solicitadas las redeterminaciones de precios);
Que ha tomado intervención la Dirección General de Redeterminación de Precios del
Ministerio de Economía y Finanzas, emitiendo el Informe N° IF-2020-16753666-
GCABA-DGRP, expresando la misma que verificó que la variación de los factores que
integran la estructura de ponderación, conforme los porcentajes de incidencia,
superaron a los meses de octubre 2016, y febrero de 2017, el porcentaje de
incremento establecido en la Ley 2809, los mismos ascienden a 9,04% (octubre 2016)
y 6,80% (febrero 2017);
Que de los cálculos efectuados por las áreas técnicas respectivas, surge que se
deberá abonar a la citada EMPRESA la suma total de Pesos Dos Millones Setecientos
Seis Mil Trescientos Treinta y Siete Con 66/100 ($ 2.706.337,66) en concepto de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6486 - 24/10/2022

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