Resolución - Simple N° 964 - CDNNYA/2023, 26/06/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 964/CDNNYA/23
Buenos Aires, 22 de junio de 2023
VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley Nº 6.588), las Resoluciones N° 947-
CDNNYA/14, el Expediente Electrónico N° 22781433-GCABA-VPCDNNYA/2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley Nº 6.558) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
las niñas, niños y adolescentes, el cual goza de autonomía técnica y administrativa y
autarquía financiera;
Que el artículo 74 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley Nº 6.588) creó el
Registro de Organizaciones No Gubernamentales (Registro de ONG's) en el ámbito
del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el que tiene como objeto
la inscripción de organizaciones que trabajan sobre temáticas y cuestiones vinculadas,
directa o indirectamente, con los derechos de niñas, niños y adolescentes, en tanto
que por la Resolución N° 993-GCABA-CDNNyA/21 se dictó el marco reglamentario de
inscripción de las organizaciones y de funcionamiento del mencionado Registro de
ONG's;
Que por la Resolución N° 947-CDNNYA/14, el Club Social y Deportivo “17 de Agosto”,
con domicilio legal sito en la calle Albarellos Nº 2935, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, fue inscripta bajo el Legajo N° 659 en el Registro de ONG's de este Consejo de
los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;
Que los artículos 77 y 78 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.588)
disponen que corresponde a este organismo fiscalizar a los organismos y entidades
gubernamentales y no gubernamentales, así como a las organizaciones comunitarias
inscriptas en el Registro de ONG’s, y controlar el cumplimiento de los convenios que
se celebren y lo relacionado con la observancia de la citada ley, pudiendo cancelar la
inscripción de las organizaciones en el mencionado Registro en caso de
incumplimiento o inobservancia de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.588);
Que, por su parte, el Anexo I de la Resolución N° 993-GCABA-CDNNyA/21 enumera
en el punto 2.3 la documentación a fiscalizar, en tanto que el punto 3.2 dispone que el
Equipo Interdisciplinario designado para el monitoreo de una institución deberá realizar
una visita a la organización, entrevistar a sus autoridades institucionales y a su Equipo
Técnico y registrar la información de acuerdo a los formularios de monitoreo;
Que conforme surge del Informe de Fiscalización obrante como IF-2022-46483603-
GCABA-VPCDNNYA, el mencionado Equipo Interdisciplinario informa que durante el
mes de agosto de 2022 se intentó contactar por distintos medios a las autoridades del
precitado Club Social y Deportivo, a fin de iniciar el proceso de fiscalización
correspondiente, lo cual resultó infructuoso, siendo que no ha cumplido con la
entrevista de actualización, ni con la presentación de la documentación requerida;
Que conforme surge de la PV-2023-08958569-GCABA-VPCDNNYA, desde el
Departamento de Registro y Fiscalización de la Dirección de ONG’s se remitió una
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6647 - 26/06/2023

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