Resolución - Simple N° 954 - CDNNYA/2023, 04/07/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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RESOLUCIÓN N.º 954/CDNNYA/23
Buenos Aires, 21 de junio de 2023
VISTO: Las Leyes N° 471 y N° 1.218 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el
Decreto N° 3.360/exMCBA/68, sus complementarios y modificatorios, la Resolución N°
333-GCABA-CDNNYA, el Expediente Electrónico Nº 25636246-GCABA-DGRPJ/21, y
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones fueron generadas en el ámbito de este Consejo, en
virtud de las graves inconductas en las que incurrió la agente Patricia Alderete, CUIL
N° 27-25932817-4, quien al momento de los hechos se desempeñaba como enfermera
en el equipo de salud de la Subdirección Operativa Centro de Admisión y Derivación
Úrsula Llona de Inchausti (CAD), dependiente de la Dirección General de
Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo;
Que conforme lo informado mediante IF-2021-13585121-GCABA-DGRPJ y IF-2021-
14701220-GCABA-DGLTACDN, las inconductas de la agente Alderete ya habían sido
puestas en conocimiento de la Dirección General de Sumarios, a través del
Expediente Electrónico N° 12649759-GCABA-DGRPJ/21 -elevado en consulta-, toda
vez que aquella incumplía frecuentemente sus horarios laborales, dejando a los/as
adolescentes que se alojaban en los distintos dispositivos sin atención de enfermería,
y obligando a buscar sustituto/a en la urgencia de la cobertura, agravándose la
necesidad por la situación de la población alojada y por la pandemia de coronavirus
COVID-19;
Que las actuaciones mencionadas precedentemente fueron iniciadas con motivo de un
supuesto hostigamiento denunciado por la agente Alderete, cuando el titular de la
Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo dispuso su pase
desde el Centro Socioeducativo de Régimen Cerrado (CSRC) San Martín al CAD -
efectivizado el día 06 de abril de 2021-, el cual fuera ordenado por estrictas
necesidades de servicio y en el marco de lo normado por el Decreto N°147/20;
Que mediante IF-2021-25643805-GCABA-DGRPJ, la Licenciada en Psicología del
precitado CAD, Sofía Yamila Wanceublen, informó que las ausencias injustificadas y
los incumplimientos de horarios en los que incurrió la agente Alderete -debidamente
informados en el Expediente Electrónico N° 12649759-GCABA-DGRPJ/21-, se
repitieron en el tiempo, obligando a la autoridad a recurrir a otros/as enfermeros/as de
distintos dispositivos, y a reprogramar las guardias sin dilación;
Que con motivo de la pandemia de coronavirus COVID-19, desde la Dirección General
de Responsabilidad Penal Juvenil de este Consejo se llevó a cabo un plan de
capacitación dirigido al personal de salud, que incluía la toma de hisopados
nasofaríngeos a los/as adolescentes que por disposición judicial ingresaban al CAD,
con el fin de resguardar a la población allí alojada -constituyendo ello una de las
obligaciones previstas por el artículo 14, inciso c) de la Ley 298 (texto consolidado por
Ley 6347)-, negándose la agente Alderete a cumplir con dicha medida sanitaria y
provocando malestar entre sus pares;
Que mediante IF-2021-25181168-GCABA-DGRPJ se informó que el día 24 de agosto
de 2021, el titular de la precitada Dirección General citó a la agente Alderete a una
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6653 - 04/07/2023

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