Resolución - Simple N° 95 - UPEEI/2023, 20/12/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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RESOLUCIÓN N.° 95/UPEEI/23
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2023
VISTO: La Ley N° 5.752 (Texto Consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 82-
GCABA/17, 463- GCABA/19, su normativa modificatoria y 497-GCABA/19, la
Resolución N° 69-GCABA-UPEEI/19, el Expediente Electrónico N° 44.472.806-
GCABA-UGETUPEEI/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.752 (Texto Consolidado por Ley N° 6.588) dispuso la transformación
progresiva del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires Eduardo Ladislao
Holmberg”;
Que la mencionada Ley estableció en su artículo 3°, que la gestión y transformación
del predio se efectuará de conformidad a una serie de objetivos entre los cuales se
contempla la implementación y/o desarrollo de proyectos integrales de conservación
de especies silvestres y hábitats naturales, a través de acciones in situy ex situ;
difusión sobre temas ambientales, en particular de protección de flora y fauna
autóctonas; posicionamiento del predio como paseo familiar y recreativo de referencia,
en el que se priorice la concientización para la conservación de la fauna y flora nativa
silvestre de la Argentina, la promoción de proyectos de rehabilitación de fauna y la
investigación científica, entre otros;
Que el Decreto N° 82-GCABA/17, reglamentario de la referida Ley, estipula en el
artículo 3° de su Anexo II que los proyectos integrales de conservación de especies de
la fauna silvestre y hábitats naturales que se desarrollen o implementen, contemplarán
acciones de conservación in situy/o ex situ”;
Que mediante Resolución N° 69-GCABA-UPEEI/19 se aprobó en el ámbito de la
Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, el Programa para el Manejo Reproductivo de Especies Amenazadas;
Que de conformidad a ello, el área Conservación y Gestión de Fauna dependiente de
la Unidad Gestión Estratégica y Transformación, promueve la creación del “Programa
de conservación de Águila coronada, manifestando que el mismo tiene como tiene
como finalidad aportar a la conservación del Águila coronada (Buteogallus coronatus)
en la República Argentina;
Que el Programa de conservación de Águila Coronada, conforme expone la citada
Gerencia Operativa, ...abordará la conservación de la especie referida desde el
componente ex situ. Entendiendo a éste, como la cría, rescate y manejo de ejemplares
fuera de su área de distribución natural y bajo cuidado humano. Este tipo de acciones
serán complementarias a las realizadas dentro del área de distribución de la especie
objeto de conservación, llamadas in situ”;
Que, a su vez, la base operativa del programa que nos ocupa, será en el predio de la
Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, de forma adicional, se podrán desarrollar actividades a lo largo de
todo el territorio nacional, donde sean necesarias, para propiciar acciones de
conservación efectivas;
Que, a mayor abundamiento, dentro de las metas del presente programa se
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6774 - 20/12/2023

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