Resolución - Simple N° 947 - MSGC/2023, 03/03/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 947/MSGC/23
Buenos Aires, 28 de febrero de 2023
VISTO: La Ley 70 (texto consolidado por Ley Nº 6.588), los Decretos Nros. 491/18,
164-AJG/22, las Resoluciones Nros. 97-MEFGC/19, 5.741-GCABA-MHFGC/21, 1.472-
GCABA-MHFGC/23, las Disposiciones Nros. 61-DGCG/19, 26-DGCG/19, y sus
modificatorias, el Expediente Electrónico Nº 5883871-GCABA- SSPSGER/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto Nº 491/18 se aprobó el régimen para la asignación de fondos
destinados a las Unidades de Organización del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que por Resolución N° 97-MEFGC/19 modificada por Resolución Nº 5.741-GCABA-
MHFGC/21, se aprobó la reglamentación del citado Decreto;
Que por Disposición N° 26-DGCG/19, y sus modificatorias, se aprobó el procedimiento
para la solicitud, asignación y rendición de fondos en concepto de Caja Chica
Especial;
Que la Disposición Nº 61-DGCG/19 aprueba las partidas del clasificador por objeto de
los gastos correspondiente a las restricciones y excepciones, en concordancia con lo
establecido en el artículo 2º del Anexo I, 3° del Anexo IV de la Resolución Nº 5.741-
GCABA-MHFGC/21;
Que, por el expediente citado en el Visto, cursa la solicitud de asignación de fondos en
concepto de Caja Chica Especial a la Subsecretaría Planificación Sanitaria y Gestión
en Red de este Ministerio de Salud, de una Caja Chica Especial, sin límite de monto
por comprobante y exceptuada de la presentación de tres (3) presupuestos, por la
suma de Pesos Dos Millones ($ 2.000.000,00), en dos (2) entregas parciales de Pesos
Un Millón ($1.000.000) cada una, a fin de garantizar la inmediata respuesta a las
eventualidades que surgen frente a la necesidad del fortalecimiento de la Campaña de
Prevención de Dengue, con el propósito de cubrir los gastos para la adquisición de
insumos, como ser: pipetas, tules, mosquiteros, fumigaciones y traslados, además de
las viandas de alimentos para el personal afectado a dichas tareas;
Que por Nota Nº NO-2023-05750836-GCABA-SSPSGER, la Subsecretaría
Planificación Sanitaria y Gestión en Red informa que “Los responsables de la
administración y rendición de los fondos serán: -Ferrante, Daniel, DNI Nº 20.573.624 -
Pozzi, Diego, DNI N° 27.154.256 -Marcos, Sabrina, DNI N° 36.077.436. Debiéndose
depositar los mismos en la cuenta cuyos datos a continuación se detallan: -Cuenta N°
9197/2 -Sucursal 12 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires -Beneficiario 102.118”;
Que, en el artículo 5º del Anexo de la Resolución Nº 5.741-GCABA-MHFGC/21, se
establece, entre otros, que el Ministerio de Hacienda y Finanzas reglamentará los
montos máximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaría u Organismo
Descentralizado, entre otros ítems, a los efectos que los mismos en el marco del
Artículo 6º, puedan otorgarlos a sus dependencias;
Que, en función de lo anteriormente expuesto, por Resolución Nº 1.472-GCABA-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6573 - 03/03/2023

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