Resolución - Simple N° 93 - AGC/2023, 22/03/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 93/AGC/23
Buenos Aires, 17 de marzo de 2023
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad DNU Nº 1510-
GCABA/97 (texto consolidado por Ley N° 6.588), las Disposiciones N° 7455-GCABA-
DGHP/22 y 10000-GCABA-DGHP/22, el Expediente Electrónico Nº 2022-22563593-
GCABA-DGHP, y
CONSIDERANDO:
Que en tal sentido, mediante el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la
solicitud de autorización de actividad económica iniciada por el Sr. Carlos Leandro
Tarzi, en su carácter de Representante Legal de la firma “EL HORNO DE MEDIO OR”,
respecto del establecimiento sito en la calle Alberti N° 1597 y Av. Juan de Garay Nº
2501/11, Planta Baja, 1° y 2° Piso, de esta Ciudad, para el desarrollo del rubro:
“Alimentación en General y Gastronomía (1.5)”, con una superficie total de 482,90 m2;
Que asimismo, mediante PV-2022-22563799-GCABA -DGHP la Gerencia Operativa
Comercios Industrias y Servicios opinó que: “(...) no se encuentran dadas las
condiciones técnicas y legales, conforme la normativa vigente, para el otorgamiento de
la solicitud”;
Que así las cosas, a través de la Disposición N° 7455-GCABA -DGHP/22, la Dirección
General Habilitaciones y Permisos rechazó la presente solicitud de autorización de
actividad económica, en tanto que: "(...) no reúne los requisitos exigibles por la norma
vigente (...) toda vez que el titular de la solicitud de ampliación en cuestión difiere del
certificado de habilitación presentado, debiendo solicitar una transferencia de titular
previo a la presente solicitud", siendo el ciudadano notificado;
Que por consiguiente, por intermedio de CE-2022-24325532-GCABA -AGC, a los 8
días hábiles de notificado el acto se presentó la Sra. María Lidia Tarzi, en su carácter
de Socia Gerente de la firma “EL HORNO DE MEDIO OR” e interpuso Recurso de
Reconsideración contra la mencionada Disposición, acompañando documentación a
tales efectos;
Que en este orden de ideas, según CE-2022-28895638-GCABA -DGHP, la
Subgerencia Operativa Depósitos y Servicios informó que: "(...) toda vez que no
agrega documentación alguna, modificando el motivo que originara el rechazo, se
aconseja ratificar el mismo", criterio reiterado por la Subgerencia Operativa Gestión
Documental mediante CE-2022-29716020-GCABA -DGHP;
Que por su parte, por medio de CE-2022-29875277-GCABA -AGC la Subgerencia
Operativa Dictámenes IV indicó que: “(...) el Recurso de Reconsideración fue
interpuesto dando cumplimiento a los plazos de ley conforme lo establece el artículo
107, de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad (...)", y que: "(...)
correspondería no hacer lugar al Recurso interpuesto mediante el dictado del
correspondiente acto administrativo”;
Que consecuentemente, se dictó la Disposición N° 10000-GCABA -DGHP/22,
mediante la cual la Dirección General Habilitaciones y Permisos rechazó el Recurso en
cuestión, en atención a que: "(...) al día de la fecha no se ha subsanado la causal que
dio origen al rechazo", siendo el ciudadano notificado;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6586 - 22/03/2023

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