Resolución - Simple N° 880 - MEPHUGC/2023, 08/09/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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RESOLUCIÓN N.º 880/MEPHUGC/23
Buenos Aires, 5 de septiembre de 2023
VISTO: La Leyes Nros. 1.854, 4.120, y 2.809 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el
Decreto N° 162-GCBA/13, las Resoluciones Nros. 1262-MAYEPGC/2013 y su
modificatoria N° 106-MAYEPGC/14, 470-MAYEPGC/13, 1903- MAYEPGC/17, 1682-
MAYEPGC/19, 2167-MEFGC/18 y 500-MEFGC/19 y el Expediente Electrónico N°
16827983-DGRP/19 e incorporados y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 162-GCBA/13, el Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, aprobó el pliego de bases y condiciones particulares y de
especificaciones técnicas y sus respectivos anexos y autorizo al señor Ministro de
Ambiente y Espacio Público a realizar el pertinente llamado a licitación pública
cacional e internacional;
Que posteriormente por la Resolución N° 470-MAYEPGC/13, el entonces Ministro de
Ambiente y Espacio Público, llamó a la licitación pública N° 997-SIGAF/2013 para la
contratación del Servicio Público de Higiene Urbana - Fracción Húmedos”;
Que por Resolución N° 1262-MAYEPGC/13 y su rectificatoria Resolución N° 106-
MAYEPGC/14 se aprobó la Licitación Pública N° 997-SIGAF/2013, y se adjudica la
zona 2 de la misma a la firma CLIBA INGENIERIA URBANA S.A;
Que el mecanismo de Redeterminación de Precios del contrato se encuentra
establecido por el Artículo N° 56 del PBCP de la mentada licitación y por la cláusula
quinta y el anexo III del acta acuerdo suscripta con fecha 01/10/2014, que mencionan
a la Ley N° 2.809 como normativa aplicable;
Que mediante expediente electrónico Nº 23965054-DGRP/18 y Nº 30207171-
DGRP/18, la empresa CLIBA INGENIERIA URBANA SA, solicitó la décimo segunda y
décimo tercera (12° y 13°) redeterminación provisoria de precios las cuales fueron
debidamente aprobadas por las Resoluciones Nº 2167-MEFGC/18 y N° 500-
MEFGC/19 y cuyos porcentajes alcanzaron el 8,79% y 7,56%, a partir del 1º de julio
de 2018 y 1º de septiembre de 2018;
Que en el marco la ley N° 2.809 y en concordancia con lo dispuesto por el artículo N°
56 de las cláusulas particulares que rigen la licitación, mediante Expediente electrónico
N° 16827983-GCABA-DGRP/19 e incorporados, la Dirección General de
Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas ha
procedido a efectuar de oficio la décimo segunda y décimo tercera (12° y 13°)
redeterminación definitiva de precios del servicio, a los meses de julio de 2018 y
septiembre de 2018, respectivamente, correspondientes a las adendas contractuales
celebradas con fecha 27 Abril de 2015 y 29 Mayo de 2015 - orden de Servicio Nº
625/2015 y a la Resolución Nº 1903-MAYEPGC/17;
Que la Dirección General de Limpieza ha tomado la intervención prevista en la
normativa vigente emitiendo el Informe N° 34058612-GCABA-DGLIM/22, resaltando
que Los servicios mencionados en el Ítem III se encontraban vigentes al mes de
septiembre de 2018, fecha esta de la décimo tercera Redeterminación de precios
definitiva. Respecto al Artículo 10 de la Ley 2809, entendemos que la Contratista
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6703 - 08/09/2023

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