Resolución - Simple N° 8456 - MHFGC/2023, 22/11/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 8456/MHFGC/23
Buenos Aires, 15 de noviembre de 2023
VISTO: El Decreto nro. 1510-GCABA/97 (Texto Consolidado Ley Nº 6588), y el
Expediente Electrónico Nº 2023-4099950-GCABA-DGPOLA, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición: DI-2023-633-GCABA-DGCYC, se le impuso a la firma
TEYLEM S.A., CUIT N° 33-70844441-9, adjudicataria de la Orden de Compra N° 623-
0067-OCA21, una multa de PESOS VEINTISÉIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y
CINCO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 26.735,50.-), de conformidad con el Artículo
65 Rubro 2 Inc. 2.2 del Pliego de Bases y Condiciones, Licitación Pública N° 623-
0733-LPU18, para la contratación del servicio de entrega y distribución de raciones de
alimentos en crudo de víveres secos y frescos destinados a la población de las
organizaciones comunitarias y centros de primera infancia dependientes de la
Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil, dependiente de la
Subsecretaría de Promoción Social, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que notificada la recurrente de los términos de la citada norma, con fecha 8 de agosto
de 2023 interpone Recurso de Reconsideración;
Que la Dirección General de Políticas Alimentarias ratifica en un todo el Acta Nº 58,
contenida en el IF-2023-9344102-GCABA-DGPOLA, obrante en el expediente de
referencia;
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones manifiesta que, en relación a
lo manifestado por la adjudicataria que la evaluación del descargo presentado
oportunamente por la adjudicataria es competencia de la Dirección General de
Políticas Alimentarias ya que el personal que labra las Actas depende de ella, la
ratificación del Acta se efectuó con fecha 05/05/23 y asimismo se ha dado intervención
previa -a la emisión del acto administrativo que impone la multa- del Órgano Legal de
la Ciudad de Buenos Aires con el objeto de que la Procuración General emitiera su
opinión sobre el mismo, la que consideró que cumplía con el punto de vista formal y
jurídico, motivo por el cual la empresa no aporta ningún elemento nuevo ni fundamento
a considerar respecto del incumplimiento, circunstancia por la cual la Dirección
General de Compras y Contrataciones mediante Disposición: DI-2023-784-GCABA-
DGCYC, desestima el recurso de reconsideración interpuesto, contra los términos de
la Disposición: DI-2023-633-GCABA-DGCYC;
Que notificada la recurrente de los términos de la Disposición: DI-2022-784-GCABA-
DGCYC, la misma no amplia los fundamentos del recurso en cuestión;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado en el caso la
intervención de su competencia, señalando que no habiendo introducido la referida
firma nuevos elementos de convicción que permitan modificar el temperamento
adoptado por la Administración Activa en la resolución cuestionada, cabe desestimar
el Recurso Jerárquico interpuesto en subsidio al de Reconsideración, contra los
términos de la Disposición: DI-2023-633-GCABA-DGCYC.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 113 de la Ley de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6753 - 22/11/2023

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