Resolución - Simple N° 80 - AGIP/2023, 10/04/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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RESOLUCIÓN N80/AGIP/23
Buenos Aires, 3 de abril de 2023
VISTO: El artículo 60 del Código Fiscal (t.o. 2023) y su modificatoria Ley N° 6.618
(BOCBA N° 6579), la Resolución N° 379-AGIP/22 (BOCBA N° 6521) y el Expediente
N° 8.175.899/GCABA-DGANFA/23, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 60 del Código Fiscal vigente establece que los contribuyentes y demás
responsables deben abonar los tributos, intereses y multas, en los casos que
corresponda, en la forma, lugar y tiempo que determine la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos, siempre que el Código Fiscal u otra disposición
no establezcan una forma especial de pago;
Que por la Resolución N° 379-AGIP/22 se han establecido las fechas de vencimiento
de los tributos que percibe la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos
correspondientes al ejercicio fiscal 2023;
Que si bien la Contribución de Mejoras prevista en el inciso b) del artículo 2° de la Ley
Nacional N° 23.514 ha sido derogada a partir del ejercicio fiscal 2023, quedan
pendientes cuotas anuales de los ejercicios fiscales anteriores;
Que por ello, resulta necesario establecer las fechas de vencimiento de las próximas
dos cuotas anuales.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el inciso 28 del artículo 4° y el artículo
60 del Código Fiscal vigente,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Establécese que la Contribución de Mejoras fijada en el artículo 2°, inciso
b), de la Ley Nacional N° 23.514, se percibirá en una (1) cuota con los siguientes
vencimientos:
Artículo 2°.- Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable
para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades
bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.
Artículo 3°.- La presente Resolución rige a partir del día de su publicación.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales y
Cuota Primer Vencimiento Segundo Vencimiento
2023 20/10/2023 31/10/2023
2024 21/10/2024 31/10/2024
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6596 - 10/04/2023

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