Resolución - Simple N° 76 - CDNNYA/2023, 24/01/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 76/CDNNYA/23
Buenos Aires, 20 de enero de 2023
Convención de los Derechos del Niño, la Ley Nacional 26.061, la Ley Nº 114 (texto
consolidado por Ley 6.588), el Expediente Electrónico Nº 00548137-GCABA-
DGGPP/23, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley 114 (texto consolidado Ley Nº 6.588) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en
materia de promoción y protección de los derechos de la infancia y adolescencia y
goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;
Que, por el artículo 54 inc. n) de la Ley 114 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se
establece que son funciones de este Consejo “celebrar convenios con universidades e
instituciones públicas y privadas”;
Que, la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Ley nacional Nº
23.849 e incorporada a la Constitución Nacional -artículo 75, inciso 22-, establece el
compromiso de los Estados partes para asegurar al niño la protección y el cuidado que
sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus
padres;
instrumento con jerarquía constitucional en virtud de lo normado por el artículo 75,
inciso 22, de la Constitución Nacional, los Estados Partes reconocen el derecho de
toda persona a la educación y convienen en que la misma debe orientarse hacia el
pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe
fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales;
Que la Ley nacional N° 26.061 tiene por objeto la protección integral de los derechos
de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República
Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de
aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados
internacionales en los que la Nación sea parte;
Que, tanto la Ley nacional N° 26.061 como la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley
N° 6.347) reconocen el derecho de todos los niños, niñas y adolescentes a la
educación, con miras a su desarrollo integral, su preparación para el ejercicio de la
ciudadanía, su formación para la convivencia democrática y el trabajo, debiendo los
Organismos del Estado asegurarles el pleno desarrollo de su personalidad hasta el
máximo de sus potencialidades, así como el goce de una vida plena y digna;
Que, desde esta perspectiva de derechos, la educación -entendida no sólo como el
espacio escuela, sino también como el acceso a los bienes culturales, a la posibilidad
de aproximarse a lenguajes artísticos y expresivos, y a la formación en oficios-, genera
condiciones para la restitución de derechos y la inclusión social;
Que este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes se propone asistir
técnica y profesionalmente a niñas, niños y adolescentes, coordinando las acciones de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6547 - 24/01/2023

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