Resolución - Simple N° 6889 - MCGC/2023, 18/04/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 6889/MCGC/22
Buenos Aires, 17 de octubre de 2022
VISTO: Los Decretos Nros. 224/13 y 182/15, la Resolución F.C. N° 214-MHFGC/22,
las Resoluciones Nros 5269-MHFGC/21 y 2751-MCGC/22, los E.E. Nros. 14895403-
GCABA-DGFYEC/22 y 36316904-GCABA-DGFYEC /22, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 2751-MCGC/22 se aprobó el Contrato de Locación de
Servicios perteneciente al señor Juan Cruz Andriani (C.U.I.T. N° 20-37277468-2), para
prestar servicios en la Dirección General Festivales y Eventos Centrales del Ministerio
de Cultura, como productor artístico para diversos festivales en la Usina del Arte, por
el periodo comprendido entre los días 01 de mayo de 2022 y 31 de octubre de 2022,
de conformidad con las facultades conferidas por los Decretos Nros. 224/13 y 182/15,
la Resolución
F.C. N° 214-MHFGC/22 y la Resolución N° 5269-MHFGC/21;
Que la señora Directora General de la Dirección General Festivales y Eventos
Centrales del Ministerio de Cultura solicitó la tramitación de la presente Cláusula
Modificatoria de los honorarios a percibir por el contratado, en función de las
actividades que dicha persona desarrollará, razón por la cual resulta necesario
modificar el Instrumento Contractual oportunamente suscripto a los fines de adecuarlo
al servicio requerido.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 224/13 y 182/15,
la Resolución F.C. N° 214-MHFGC/22 y la Resolución N° 5269-MHFGC/21,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébase la Cláusula Modificatoria de Aumento de Honorarios del
Contrato de Locación de Servicios Artísticos oportunamente aprobado por la
Resolución N° 2751-MCGC/22, correspondiente a la persona cuyos datos personales
se consignan en el Anexo I (IF-2022-36855513-GCABA-MCGC), y que a todos sus
efectos pasa a formar parte de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de
Hacienda y Finanzas a incluir el importe correspondiente a la Cláusula Modificatoria de
Aumento de Honorarios que se aprueba por el artículo 1º de la presente, en una Orden
General de Pago.
Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios
correspondiente.
Artículo 4º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del
presupuesto del año 2022.
Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Festivales y Eventos
Centrales del Ministerio de Cultura y a la Dirección General de Contaduría del
Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Avogadro
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6602 - 18/04/2023

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