Resolución - Simple N° 6590 - MHFGC/2023, 14/09/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 6590/MHFGC/23
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2023
VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 6.588), DNU N° 1510-
GCABA/97 (Texto Consolidado por Ley N° 6.588), las Disposiciones N° 532-
DGCYC/2020 y 297-DGCYC/2022, los Expedientes Electrónicos N° 5.980.463-
DGFSCIV/2013 y N° 03.502.120-DGFSCIV/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico N° 5.980.463-DGFSCIV/2013 tramitó la Licitación
Pública de Etapa Única N° 201/SIGAF/14, correspondiente a la Contratación del
Servicio de Entrega y Distribución de Raciones de Alimentos en Crudo de Víveres
Secos y Frescos Destinados a la Población de las Organizaciones Comunitarias y
Centros de Primera Infancia dependientes del Ministerio de Desarrollo Social del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada mediante Decreto N°
170-AJG/2014, a favor de diferentes firmas, entre ellas COMPAÑÍA ALIMENTARIA
NACIONAL S.A. – LAMERICH S.R.L. U.T., C.U.I.T Nº 30-71439960-4;
Que en el marco de este Proceso, la Dirección General Fortalecimiento de la Sociedad
Civil del Ministerio de Desarrollo Social, actual Dirección General de Políticas
Alimentarias dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, emitió la
Orden de Compra N° 25116/SIGAF/2014, por un total de PESOS CIENTO SETENTA
Y CINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS
NOVENTA Y DOS ($ 175.767.292.-), a favor de la firma COMPAÑÍA ALIMENTARIA
NACIONAL S.A. – LAMERICH S.R.L. U.T., C.U.I.T Nº 30-71439960-4;
Que el Área en cuestión labró el Acta de Incumplimiento N° 29 el día 15/06/2016,
contenida en el Informe N° IF-2017-03499911-DGFSCIV, la cual originó el Expediente
Electrónico N° 3.502.120-DGFSCIV/2017, por la cual da cuenta de las
contravenciones: “...el CPI recibió la carne para la preparación del menú de la Lista 3
del menú de invierno (milanesas) en dicho día a las 10:30 hs perjudicando la
elaboración del mismo, no pudiendo brindar dicho menú a la población beneficiaria ya
que correspondía al consumo del día...”, enmarcando el incumplimiento dentro de las
causales de penalidades previstas por las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases
y Condiciones en su Artículo 65º - Inc. 2.8-, por efectuar una entrega incompleta,
faltante de algún producto o alimento;
Que mediante Disposición N° 532-GCABA-DGCYC/2020 se aplicó una penalidad a la
firma por un total de PESOS SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($
7.499.-), de acuerdo al art. 65°, el cual establece la cantidad de raciones que le
corresponden como penalidad a cada incumplimiento y el art. 67° consigna: “El monto
asignado a cada penalidad en particular se establece en base a cantidad de raciones
del servicio verificado a precio actualizado a la fecha de la sanción. El valor de la
sanción corresponde a ración adulto.”;
Que notificada de dicha medida, la firma COMPAÑÍA ALIMENTARIA NACIONAL S.A.
LAMERICH S.R.L. U.T., C.U.I.T Nº 30-71439960-4, realizó una presentación en
fecha 29/06/2020, bajo N° de Informe IF-2020-16386558-GCABA-DGCYC, alegando
que: “...eran de conocimiento público las problemáticas que existían en el mercado
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6707 - 14/09/2023

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