Resolución - Simple N° 6415 - MCGC/2023, 04/04/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 6415/MCGC/22
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2022
VISTO: Los Decretos Nros. 224/13 y 182/15, la Resolución F.C. N° 214-MHFGC/22,
las Resoluciones Nros 5269-MHFGC/21 y 4364- MCGC/22, los E.E. Nros. 24193417-
GCABA -DGMUS /22 y 33022557-GCABA -DGMUS/22, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 4364-MCGC/22 se aprobó el Contrato de Locación de
Servicios perteneciente al señor Lautaro Videla (C.U.I.T. N° 20-43628803-5), para
prestar servicios en la Dirección General de Música del Ministerio de Cultura, como
asistente escenotécnico en el marco de la programación 2° semestre de la Dirección
General de Música, por el periodo comprendido entre los días 01 de julio de 2022 y 31
de diciembre de 2022, de conformidad con las facultades conferidas por los Decretos
Nros. 224/13 y 182/15, la Resolución F.C. N° 214-MHFGC/22 y la Resolución N° 5269-
MHFGC/21;
Que la señora Directora General de la Dirección General de Música del Ministerio de
Cultura solicitó la tramitación de la presente Cláusula Modificatoria de los honorarios a
percibir por el contratado, en función de las actividades que dicha persona
desarrollará, razón por la cual resulta necesario modificar el Instrumento Contractual
oportunamente suscripto a los fines de adecuarlo al servicio requerido.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 224/13 y 182/15,
la Resolución F.C. N ° 214-MHFGC/22 y la Resolución N° 5269-MHFGC/21,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébase la Cláusula Modificatoria de Aumento de Honorarios del
Contrato de Locación de Servicios Artísticos oportunamente aprobado por la
Resolución N° 4364-MCGC/22, correspondiente a la persona cuyos datos personales
se consignan en el Anexo I (IF-2022-34280338-GCABA -MCGC), y que a todos sus
efectos pasa a formar parte de la presente resolución.
Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de
Hacienda y Finanzas a incluir el importe correspondiente a la Cláusula Modificatoria de
Aumento de Honorarios que se aprueba por el artículo 1º de la presente, en una Orden
General de Pago.
Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios
correspondiente.
Artículo 4º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del
presupuesto del año 2022.
Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Música del
Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de
Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6594 - 04/04/2023

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