Resolución - Simple N° 6396 - MCGC/2023, 04/04/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 6396/MCGC/22
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2022
VISTO: Los Decretos Nros. 224/13 y 182/15, la Resolución F.C. N° 214-MHFGC/22,
las Resoluciones Nros 5269-MHFGC/21 y 4211-MCGC/22, los E.E. Nros. 23129578-
GCABA-DGMUS/22 y 33022985-GCABA-DGMUS/22, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 4211-MCGC/22 se aprobó el Contrato de Locación de
Servicios perteneciente a la señora María Fernanda Gutiérrez (C.U.I.T. N° 27-
31958626-7), para prestar servicios en la Dirección General de Música del Ministerio
de Cultura, como asistente coordinación artística de los talleres estudio urbano, por el
periodo comprendido entre los días 01 de julio de 2022 y 31 de diciembre de 2022, de
conformidad con las facultades conferidas por los Decretos Nros. 224/13 y 182/15, la
Resolución F.C. N° 214-MHFGC/22 y la Resolución N° 5269-MHFGC/21;
Que la señora Directora General de la Dirección General de Música del Ministerio de
Cultura solicitó la tramitación de la presente Cláusula Modificatoria de los honorarios a
percibir por la contratada, en función de las actividades que dicha persona
desarrollará, razón por la cual resulta necesario modificar el Instrumento Contractual
oportunamente suscripto a los fines de adecuarlo al servicio requerido.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 224/13 y 182/15,
la Resolución F.C. N° 214-MHFGC/22 y la Resolución N° 5269-MHFGC/21,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébase la Cláusula Modificatoria de Aumento de Honorarios del
Contrato de Locación de Servicios Artísticos oportunamente aprobado por la
Resolución N° 4211-MCGC/22, correspondiente a la persona cuyos datos personales
se consignan en el Anexo I (IF-2022-34280362-GCABA-MCGC), y que a todos sus
efectos pasa a formar parte de la presente resolución.
Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de
Hacienda y Finanzas a incluir el importe correspondiente a la Cláusula Modificatoria de
Aumento de Honorarios que se aprueba por el artículo 1º de la presente, en una Orden
General de Pago.
Artículo 3º.- A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios
correspondiente.
Artículo 4º.- El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del
presupuesto del año 2022.
Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Música del
Ministerio de Cultura, y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de
Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6594 - 04/04/2023

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