Resolución - Simple N° 6193 - MEDGC/2023, 05/12/2023

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 6193/MEDGC/23
Buenos Aires, 22 de noviembre de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°
26.206 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 898, y 6.292 (textos consolidados por Ley
N° 6.588), las Resoluciones del Consejo Federal de Educación Nros. 18/07, 84/09,
93/09 y 102/10, el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros.
4.144-SSGECP/12, 4.146-SSGECP/12, 4.145-SSGECP/12, 4.147-SSGECP/12, 4.148-
SSGECP/12, 4.149-SSGECP/12, 4.150-SSGECP/12, 4.151-SSGECP/12, 4.152-
SSGECP/12, 2.749-MEGC/14, 2.758-MEGC/14, 2.805-MEGC/14, 2.820-MEGC/14,
2.821-MEGC/14, 4.419-MEGC/14, 4.420-MEGC/14, 4.455-MEGC/14, 4.457-MEGC/14,
53-MCGC/15, 63-MEGC/15, 74-MEGC/15, 321-MEGC/15, sus complementarias y
modificatorias, 127-MEGC/15, 607-MEGC/15, 1.263-MEGC/15, 1.443-MEGC/15,
1.574-MEGC/15, 1.597-MEGC/15, 1-MEIGC/18, 3.147-GCABA-MEDGC/20, 3.157-
GCABA-MEDGC/20, 970-GCABA-MEGC/22, el Expediente Electrónico N° 42.560.549-
GCABA-DGPLEDU/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Artículo N° 23
reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la
ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad
justa y democrática;
Que, por su parte, en su Artículo N° 24, establece que la Ciudad asume la
responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública, estatal, laica
y gratuita en todos los niveles y modalidades, así como la de organizar un sistema de
educación administrado y fiscalizado por el Poder Ejecutivo;
Que, en este orden, a través de la Ley N° 898 la Ciudad implementó la obligatoriedad
de la Escuela Secundaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley Nacional N° 26.206 y sus modificatorias establecen que el Estado, las
Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e
indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los
habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio
de ese derecho, previendo que la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende
desde la edad de cuatro (4) años hasta la finalización del nivel de la Educación
Secundaria;
Que por Resolución del Consejo Federal de Educación N° 84/09 se aprobó el
documento “Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria
Obligatoria”, en el marco de los procesos de unificación de la escolaridad secundaria y
de la obligatoriedad del nivel secundario previsto por la Ley Nacional de Educación,
estableciendo la implementación de un Ciclo Básico y un Ciclo Orientado en el nivel;
Que, particularmente, por la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 93/09
se aprobaron las "Orientaciones para la Organización Pedagógica e Institucional de la
Educación Obligatoria", estableciendo las recomendaciones para la reformulación y/o
elaboración de las regulaciones jurisdiccionales, en cuanto a las condiciones de
ingreso, permanencia, movilidad y egreso de los estudiantes;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6762 - 05/12/2023

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