Resolución - Simple N° 5524 - MSGC/2023, 24/11/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 5524/MSGC/23
Buenos Aires, 7 de noviembre de 2023
VISTO: La Ley 6035 y, el Expediente Electrónico 39634488-GCABA-HQ/2023, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado se solicita, licencia extraordinaria con goce de
haberes de la Dra. Betiana Edith LOPEZ OLIVERA, CUIL N° 27-27646240-2, Médica
de Planta Hospital , partida 40293400.MS22.024, perteneciente al Hospital de
Quemados “Dr. Arturo U. Illia”, con el fin de realizar una capacitación en Cirugía
Plástica Reconstructiva y Microcirugía, en el Hospital Universitario Puerta de Hierro
Majadahonda, en Madrid, España, a partir del 01 de enero de 2024, y hasta el 31 de
enero de 2024;
Que el Artículo 57, de la Ley N° 6035, establece que se podrá otorgar una licencia
extraordinaria por capacitación y con goce de haberes, por un plazo menor o igual a
un mes, cuando los cursos de capacitación o congresos profesionales estén
relacionados directamente con el desempeño profesional en el efector y/o Área Central
donde presta servicios.;
Que como consecuencia de lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo
pertinente de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 6.035 de los Profesionales de la
Salud;
Por ello, y en uso de atribuciones que le son propias,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgase, en carácter de licencia extraordinaria con goce de haberes, a la
Dra. Betiana Edith Lopez Olivera, CUIL N° 27-27646240-2, Médica de Planta Hospital,
partida 40293400.MS22.024, perteneciente al Hospital de Quemados “Dr. Arturo
U.Illia”, con el fin de realizar una capacitación en Cirugía Plástica Reconstructiva y
Microcirugía, en el Hospital Universitario Puerta de Hierro Majadahonda, en Madrid,
España, a partir del 01 de enero de 2024, y hasta el 31 de enero de 2024.
Artículo 2°.- Se deja constancia que la agente referida en el artículo precedente deberá
reincorporarse a sus funciones al vencimiento de la ausencia concedida en forma
automática, bajo apercibimiento de disponer las medidas disciplinarias que
correspondan.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración y
Liquidación de Haberes, a la Dirección General Administración y Desarrollo de
Recursos Humanos y al Hospital de Quemados “Dr. Arturo U. Illia”, debiendo este
último practicar fehaciente notificación del presente a la agente precitada. Cumplido,
archívese. González Bernaldo de Quirós
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6755 - 24/11/2023

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