Resolución - Simple N° 52 - OGDAI/2023, 08/06/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 52/OGDAI/23
Buenos Aires, 2 de junio de 2023
VISTO: La Ley N° 104 (t.c. Ley N° 6.588), los Decretos N° 260/17, N° 427/17, N°
13/18, N° 220/22, N° 42/23, y los expedientes electrónicos EX-2023-11869435-
GCABA-DGSOCAI, EX-2023-11843352-GCABA-DGSOCAI y EX-2023-17280431-
GCABA-OGDAI; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente N° EX-2023-17280431-GCABA-OGDAI tramita un reclamo de
acceso a la información pública interpuesto el día 3 de mayo de 2023 contra la
Secretaría de Seguridad y la Dirección General de Seguridad Privada y Custodia de
Bienes del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad (artículo 32 de
la Ley N° 104);
Que el Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información tiene entre sus
atribuciones, la de recibir y resolver los reclamos que ante él se interpongan. Podrán
interponer reclamos aquellas personas que hayan realizado un pedido de información
pública y que no hayan recibido respuesta en plazo o, habiéndola recibido, la
consideren insuficiente (artículos 12, 13, 26 incisos a, c, d y f, y artículo 32 de la Ley
N°104);
Que el día 22 de marzo de 2023, una vecina solicitó información sobre las acciones de
seguridad que ejerce el poder ejecutivo en los distintos efectores de salud de la
Ciudad de Buenos Aires. En particular, solicitó saber: 1) con qué tipo de seguridad
cuentan los efectores de salud de la ciudad, con detalle de la conformación en las
diferentes instituciones como hospitales, centros de salud, hogares de ancianos,
residencias, etc; 2) si cuentan con un protocolo específico para el área de salud y, si
es así, remita copia de cada uno de los protocolos existentes; 3) de quién dependen
los efectivos de la policía de la Ciudad que desarrollan tareas en los hospitales de la
Ciudad y cómo es su horario laboral, guardias, rotaciones, etc.; 4) si las instituciones
de salud además cuentan con seguridad privada en su interior, cómo se realizan las
contrataciones de estos servicios, si es diferente por cada efector o hay una
contratación unificada para todo el sector salud y, por último, si cuentan con una
partida presupuestaria específica asignada a tal fin;
Que la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 104 tramitó la solicitud en dos expedientes
paralelos, los que tramitaron ante distintas áreas del Gobierno de la Ciudad. De este
modo, el expediente EX-2023-11869435-GCABA-DGSOCAI tramitó ante Ministerio de
Salud y el expediente EX-2023-11843352-GCABA-DGSOCAI tramitó ante la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que surge de las constancias del expediente EX-2023-11869435-GCABA-DGSOCAI
que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud contestó mediante
informe IF-2023-16747921-GCABA-DGLTMSGC el día 2 de mayo de 2023. Envío
respuestas de diversas direcciones, las cuales informaron que lo solicitado excede sus
competencia y que es de injerencia de la Dirección General Seguridad Privada y
Custodia de Bienes del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que, el día 3 de mayo de 2023, la particular interesada, interpuso un reclamo ante el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6637 - 08/06/2023

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