Resolución - Simple N° 505 - AGC/2022, 13/12/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 505/AGC/22
Buenos Aires, 2 de diciembre de 2022
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad DNU Nº 1510-
GCABA/97 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Disposición N° 8599-GCABA -
DGHP/22, el Expediente Electrónico Nº 2022-26598925-GCABA -DGHP, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de las presentes actuaciones mediante las cuales tramita la
autorización de actividad económica iniciada por el Sr. Juan Ramón Cháves, en su
carácter de apoderado de la firma “NARIMA S.A.”, respecto del establecimiento sito en
la Av. Alicia Moreau de Justo Nº 1020, Subsuelo y Planta Baja, de esta Ciudad, para el
desarrollo del rubro “ALIMENTACIÓN EN GENERAL Y GASTRONOMÍA” (1.5),
subrubros: “Restaurante, cantina - Casa de Lunch - Café bar - Despacho de bebidas,
wisquería, cervecería - Com. min. elab. y vta. Pizza, fugazza, faina, empanadas,
postres, flanes, churros, grill - Com. min. de helados (sin elaboración)”, con una
superficie de 812,00 m2;
Que en tal sentido, por medio de PV-2022-26599251-GCABA -DGHP la Subgerencia
Operativa Depósitos y Servicios informó que: “(...) la presente solicitud no reúne los
requisitos exigibles por la norma vigente, Art 9º y 10º del Anexo "I" Resolución RESOL-
2019-84-GCABA-AGC para este tipo de solicitud, en orden a conceder la habilitación
peticionada (...) al no haber presentado el plano de habilitación solicitado en reiteradas
observaciones de la presente solicitud”;
Que en razón de ello, a través de la Disposición N° 8599-GCABA -DGHP/22, la
Dirección General Habilitaciones y Permisos rechazó la presente solicitud, siendo el
administrado notificado;
Que posteriormente, mediante CE-2022-29113456-GCABA -AGC se presentó el Sr.
Juan Ramón Cháves, el carácter invocado, e interpuso Recurso Jerárquico
acompañando documentación a tales efectos;
Que consecuentemente, por medio de CE-2022-30258197-GCABA -DGHP, la
Subgerencia Operativa Depósitos y Servicios indicó que: “No obstante y toda vez que
no se agrega el correspondiente plano de habilitación, motivo que originara el rechazo
recaído en la presente, se aconseja ratificar el mismo”;
Que así las cosas, a través de CE-2022-30939668-GCABA -AGC la Subgerencia
Operativa Dictámenes IV concluyó que: “Atento la interposición de Recurso Jerárquico
directo (...) corresponde remitir las presentes actuaciones a la Subgerencia Operativa
de Asesoramiento Legal, dependiente de la Dirección General Legal y Técnica, a fin
de darle tratamiento en los términos del artículo 112 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires – DNU N° 1510- GCABA/97 (texto
consolidado por Ley N° 6.347)”;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico, en los
términos previstos por el artículo 112 y ss. De la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad DNU Nº 1510- GCABA/97 (texto consolidado por Ley
N° 6.347);
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6518 - 13/12/2022

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