Resolución - Simple N° 4869 - MSGC/2022, 19/12/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 4869/MSGC/22
Buenos Aires, 16 de diciembre de 2022
VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y su reglamentación, las Leyes
Nros. 6.301 y 6.507, el Expediente Electrónico N° EX-2022-32011576-GCABA-MSGC
y
CONSIDERANDO:
Que por la Licitación Pública N° 79/SIGAF/14 tramita la contratación de la obra:
“Gestión, Operación y Mantenimiento Integral del Recurso Físico, Edificios e
Instalaciones y la ejecución de trabajos menores de mantenimiento” a realizarse en el
Hospital General de Agudos “Bernardino Rivadavia” de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que a través del Decreto N° 101-MSCG/15 se aprobó la citada obra y se adjudicó la
contratación a la firma SEYMA Riva S.A.I.I.C.F.A. - Mantelectric I.C.I.S.A. UTE;
Que el 1° de abril de 2015 se suscribió la contrata y acta de inicio de la presente obra,
siendo el plazo de ejecución de cuarenta y ocho (48) meses;
Que por Resolución N° 1482-MSGC/19 se aprobó una ampliación del plazo contractual
por 12 meses, llevando la fecha de finalización del contrato al 31 de marzo de 2020;
Que por Resolución N° 869-MSGC/20 se aprobó la continuidad del citado contrato por
el plazo de doce meses, a partir del día 1° de abril de 2020, o hasta la adjudicación de
la nueva Licitación Pública para el servicio de mantenimiento del citado efector, lo que
ocurra con anterioridad;
Que por Resolución Nº 411-GCABA-MSGC/21 se ratificó la Adenda N°1 suscripta
entre la Subsecretaria de Administración del Sistema de Salud y la firma SEYMA Riva
S.A.I.I.C.F.A. - Mantelectric I.C.I.S.A. UTE, a fin de obtener una mejora en las
condiciones contractuales de las que resulta un beneficio para la Administración;
Que la mencionada adenda establecía en su cláusula segunda que “Desde el 1° de
enero de 2021, sin alterar la calidad y el alcance del servicio, originalmente establecido
en los documentos licitatorios que dieran origen al contrato, el mismo tendrá una
bonificación del DIEZ POR CIENTO (10%) sobre el abono mensual del servicio”
Que asimismo, establecía en su cláusula tercera que “El plazo contractual se
prorrogará por QUINCE (15) meses contados a partir del vencimiento del último plazo
vigente, operando el nuevo vencimiento el 30/06/2022. Por razones fundadas y a
satisfacción de las partes podrá extenderse por SEIS (6) meses más el plazo”;
Que por Resolución Nº 2360-GCABA-MSGC/22 se ratificó la Adenda N°2 suscripta
entre la Subsecretaria de Administración del Sistema de Salud y la firma SEYMA Riva
S.A.I.I.C.F.A. - Mantelectric I.C.I.S.A. UTE, mediante la cual se hizo uso de la facultad
establecida en la cláusula tercera de la adenda anteriormente citada;
Que en este estado, y conforme surge de la Nota N° NO-2022-38072161-GCABA-
SSASS, tras haber solicitado la constitución de una mesa de trabajo para obtener
información respecto del devenir del contrato a partir del 1º de enero de 2023, durante
los meses de agosto y septiembre, se celebraron reuniones con funcionarias de esta
repartición y los representantes legales de la adjudicataria;
Que como resultado de dichas diligencias se acordó, sin alterar las obligaciones y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6522 - 19/12/2022

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