Resolución - Simple N° 425 - SAGYP/2023, 11/09/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.° 425/SAGYP/23
Buenos Aires, 6 de septiembre de 2023
VISTO: EL TEA A-01-00020512-1/2021 y el TEA A-01-00020114-2/2023 caratulado
“MANTENIMIENTO RED DE RADIOENLACES”; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución SAGyP Nº 457/2021 se aprobó el procedimiento llevado a
cabo en la Licitación Pública N° 20/2021, de etapa única, correspondiente a la
contratación de un servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para la red de
radioenlaces del Poder Judicial (áreas administrativa y jurisdiccional) de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y se la adjudicó a la firma Trans Industrias Electrónicas
S.A. (CUIT N° 30- 61075313- 9), por el monto total de dólares estadounidenses
cuatrocientos noventa y ocho mil cuatrocientos noventa y ocho con 72/100 (U$S
498.498,72.-). Asimismo, la contratación referida se formalizó mediante Orden de
Compra Nº 1530, notificada a la adjudicataria el día 17 de diciembre del año 2021.
Que ante el vencimiento de la Orden de Compra Nº 1530, la Dirección General de
Informática y Tecnología, solicitó hacer uso de la prorroga contractual por un plazo de
veinticuatro (24) meses, conforme a lo establecido en el Punto 7 del Pliego de Bases y
Condiciones que rige la mentada contratación (v. Memo DGCC 1751/23).
Que en cumplimiento de la Ley N° 70 (texto consolidado según Ley N° 6.588) la
Dirección General de Programación y Administración Contable tomó intervención
sobre la contratación de marras (v. Adjunto 115118/23).
Que tal entendimiento, la Dirección General de Compras y Contrataciones elevó lo
actuado, impulsando la prórroga por veinticuatro (24) meses de la vigencia de la
Licitación Pública N° 20/2021, (Orden de Compra Nº 1530,) con la firma Trans
Industrias Electrónicas S.A. (CUIT N° 30- 61075313- 9) (v. Memo DGCC 1751/23).
Que requerida que fuera al efecto, tomó intervención la Dirección General de Asuntos
Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 12269/2023.
Que la Ley N° 6.302 al modificar la Ley N° 31 creó la Secretaría de Administración
General y Presupuesto y estableció dentro de sus funciones la de ejecutar, bajo el
control de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial, el
presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (cfr. inc.
4 del art. 27 de la Ley N° 31 texto consolidado según Ley N° 6.588-) y la de realizar
las contrataciones de bienes y servicios (cfr. inc. 6 del art. 27 de la Ley N° 31 -texto
consolidado según Ley N° 6.588-).
Que sentado ello, debe señalarse que la contratación de marras se rige por las
disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.588), la
Resolución CM Nº 1/2014 y en la Ley de Procedimientos Administrativos Decreto
1.510/97.
Que por lo expuesto, de conformidad con lo solicitado por la Dirección General de
Informática y Tecnología, a lo actuado por la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en línea con lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos
Jurídicos, no se encuentra motivo para apartarse del Dictamen Jurídico ya citado y
prorrogar por el plazo de veinticuatro (24) meses de la vigencia de la Licitación Pública
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6704 - 11/09/2023

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