Resolución - Simple N° 42 - SSGU/2023, 30/05/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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RESOLUCIÓN N.º 42/SSGU/23
Buenos Aires, 3 de marzo de 2023
VISTO: El Código Urbanístico (Ley Nº 6099 y sus modificatorias), la Ley N° 6.292
(texto consolidado por Ley N° 6588), los Decretos N° 99/2019, N° 151/2021, N°
455/2022, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (texto consolidado por Ley N° 6588), el Dictamen IF-2022-22190588-
GCABA-CAPUAM, las Disposiciones DI-2022-1590-GCABA-DGIUR, DI-2022-2570-
GCABA-DGIUR, los Expedientes Electrónicos EX- 2021-21846008-GCABA-SSGU,
EX-2022-27591437-GCABA-AGC y EX-2022-47270161-GCABA-AGC; y,
CONSIDERANDO:
Que a través del Expediente Electrónico EX-2021-21846008-GCABA-SSGU tramitó
consulta sobre factibilidad de localización de uso 6.1.13. Playa de estacionamiento
en el inmueble sito en la calle Adolfo Alsina N° 1525 de esta Ciudad (Nomenclatura
Catastral: Sección 012, Manzana 022, Parcela 018) con una superficie cubierta total a
habilitar de 800,72 m² (ochocientos metros cuadrados con setenta y dos centímetros
cuadrados);
Que la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6588) estableció la actual
estructura ministerial y que mediante Decreto Nº 455/22 se modificó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires con las responsabilidades primarias y objetivos de las
Unidades de Organización integrantes de este Gobierno, siendo que el Decreto Nº
151/2021 ha designado al Subsecretario a cargo de esta Subsecretaría de Gestión
Urbana;
Que la Gerencia Operativa Usos del Suelo, perteneciente a la Dirección General de
Interpretación Urbanística, previo a expedirse, dio intervención al Consejo Asesor del
Plan Urbano Ambiental, quien mediante Dictamen IF-2022-22190588-GCABA-
CAPUAM (N° de orden 69) entre otros expresó: “... este Consejo Asesor del Plan
Urbano Ambiental, considera que NO resultaría factible acceder a la localización del
uso Playa de estacionamiento que se encuadra en el rubro 6.1.13 Playa de
estacionamiento, en el inmueble sito en la calle Adolfo Alsina Nº 1525, Área de Alta
Mixtura de Usos del Suelo (4), Superficie a habilitar: 800,72m²”;
Que el Área Técnica de la Dirección General de Interpretación Urbanística, a través de
Informe IF-2022-26284441-GCABA-DGIUR (N° de orden 74) compartió el criterio
sostenido por el Órgano dictaminante, en consecuencia, la precitada Dirección
General mediante Disposición DI-2022-1590-GCABA-DGIUR (N° de orden 76)
denegó, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso
6.1.13. Playa de estacionamientopara el inmueble de marras;
Que la Disposición DI-2022-1590-GCABA-DGIUR fue notificada en fecha 21 de julio
del año en curso, tal como surge de la Constancia de Notificación Electrónica IF-2022-
26532770-GCABA-DGIUR (N° de orden 81);
Que por Expediente Electrónico EX-2022-27591437-GCABA-AGC, la Sra. Martha
Kichic, DNI 4.985.603, en representación de Riviera S.A.C.I., presentó Recurso de
Reconsideración contra la Disposición DI-2022-1590-GCABA-DGIUR, en fecha 1 de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6630 - 30/05/2023

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