Resolución - Simple N° 3737 - MHFGC/2023, 05/06/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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RESOLUCIÓN N.º 3737/MHFGC/23
Buenos Aires, 29 de mayo de 2023
VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 5.460 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.588) y su
modificatoria Nº 5.960, las Actas de Negociación Colectiva Nros. 17/13 y
modificatorias, instrumentada por Resoluciones Nros. 20/MHGC/14 y 625/MEFGC/18,
14/14, instrumentada por Resolución Nº 2020/MHGC/14 y sus modificatorias, 4/15 y
modificatoria, instrumentada por Resoluciones Nros. 628/MHGC/15 y 339/MMGC/15,
3/17, instrumentada por Resolución Nº 1440/MHGC/2017, 19/17 y modificatorias,
instrumentada por Resolución Nº 625/MEFGC/18, 16/18, instrumentada por
Resolución N° 625/MEFGC/18, el Expediente Electrónico Nº 18506413-DGDSCIV/18 y
14082017/23 GCABA-PG,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 471 se sancionó el Régimen de Relaciones Laborales en la
Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose,
entre otros, los principios generales sobre los cuales debe organizarse la carrera
administrativa y el respectivo escalafón;
Que el artículo 17 de la Ley Nº 5.460 y su modificatoria Nº 5.960 dispone que, el
Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires es la Autoridad de Aplicación en materia de carrera administrativa, así como el
régimen gerencial, o cualquier régimen especial establecido en la Ley Nº 471, de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Acta de Negociación Colectiva Nº 17/13 y modificatorias, instrumentada por
Resoluciones Nros. 20/MHGC/14 y 625/MEFGC/18, se aprobó el Nuevo Régimen
Escalafonario y de Carrera Administrativa aplicable al personal del Escalafón General
de la Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, dependiente del poder ejecutivo, al personal del Escalafón
General de los Cuerpos Artísticos, Escenotécnicos y de Servicios Auxiliares,
comprendidos en el Anexo IV del Decreto N° 671/MCBA/92, modificado por el Decreto
N°1.880/MCBA/92, y al personal dependiente de las comunas;
Que de acuerdo con el artículo 2° del Anexo I del Nuevo Régimen Escalafonario y de
Carrera Administrativa, establece que el entonces Ministerio de Modernización es la
Autoridad de Aplicación y posee la competencia de dictar las normas aclaratorias,
complementarias y/o reglamentarias a que diera lugar la implementación de la Carrera
Administrativa, como asimismo instrumentar los acuerdos celebrados en el ámbito de
la Comisión Permanente de Interpretación de la Carrera Administrativa (COPICA);
Que actualmente las competencias en materia de recursos humanos que tenía el
entonces Ministerio de Modernización las posee el Ministerio de Economía y Finanzas;
Que por Acta de Negociación Colectiva N° 14/14, instrumentada por Resolución Nº
2020/MHGC/14 y sus modificatorias, se aprobó el Nomenclador de Puestos para el
personal comprendido en los agrupamientos definidos en el Capítulo II del Régimen
Escalafonario y de Carrera Administrativa aprobado por Acta de Negociación Colectiva
Nº 17/13;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6634 - 05/06/2023

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