Resolución - Simple N° 34 - FG/2023, 03/05/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.° 34/FG/23
Buenos Aires, 25 de abril de 2023
VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, y la Ley 1903 -texto conforme Ley N° 6285 y 6347-, las resoluciones FG Nros.
530/2018, 276/2019, 15/2020, 20/2020, 28/2020, 49/2020, 73/2020, 109/2020,
117/2020, 130/2020, 10/2021, 17/2021, 30/2021, 34/2021, 35/2021, 54/2021, 83/2021,
30/2022, 33/2022, 80/2022, 84/2022, 92/2022 y 20/2023, y la Actuación Interna N° 30-
00087083 del Sistema Electrónico de Gestión Administrativa de esta Fiscalía General;
y;
CONSIDERANDO:
-I-Que, mediante la sanción de la Ley N° 6285 se incluyó la figura de los/las auxiliares
fiscales en la Ley N° 1903 -Orgánica del Ministerio Público-, con el objetivo de dotar a
esta institución de herramientas idóneas para hacer frente a los desafíos que propone
el incremento de las competencias penales (ver arts. 38 y 39 de la ley citada en primer
término).
Que, conforme a las potestades reglamentarias atribuidas al Fiscal General en la
mencionada ley, se aprobó el correspondiente Reglamento de Auxiliares Fiscales del
Ministerio Público Fiscal (ver Resolución FG N° 28/2020) y, en base a los requisitos
legales y las pautas allí establecidas, se llevaron adelante los respectivos procesos de
selección de los funcionarios interesados en desarrollar ese rol (ver Resoluciones FG
Nros. 130/2020, 34/2021, 54/2021 y 108/2022).
Que, tras haber cumplido con tales exigencias se procedió a la sucesiva designación
de funcionarios/as del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para
cumplir el rol de auxiliares fiscales en distintas dependencias que integran este
Ministerio Público Fiscal, de conformidad con las modalidades previstas en el artículo
39 de la Ley N° 1903 -modificada por la Ley N° 6285-.
-II-Que, atento a lo expuesto en el apartado anterior y hallándose próximas a vencer
las prórrogas dispuestas respecto de las/os funcionarias/os mencionadas/os en las
resoluciones FG Nro. 30/2022 y 33/2022 que continúan desarrollando la labor de
auxiliar fiscal, previo a adoptar cualquier temperamento, corresponde efectuar un
análisis acerca de la implementación de la figura a nivel institucional y el rendimiento
de aquellos funcionarios que cumplieron ese rol en el esquema organizacional que se
diseñó para ello.
Que, en primer lugar, tal como se expresó en resoluciones anteriores, los auxiliares
fiscales constituyen una herramienta de gestión judicial que permite hacer frente a los
desafíos que supone el aumento constante de la carga de trabajo como producto de la
transferencia de competencias penales en favor de la justicia local y, al mismo tiempo,
tienen la capacidad de elevar la calidad de respuesta del Ministerio Público Fiscal en el
marco del servicio de justicia que brinda.
Que, con esos preceptos como objetivo principal es que se adoptó la decisión
estratégica de utilizar la figura del auxiliar fiscal en los sectores de la organización
judicial donde podían obtenerse los mayores beneficios a nivel funcional y donde,
además, el desarrollo de su función podía resultar indispensable para cumplir con las
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6612 - 03/05/2023

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