Resolución - Simple N° 337 - SAGYP/2023, 24/07/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.° 337/SAGYP/23
Buenos Aires, 18 de julio de 2023
VISTO: El TEA A-01-00026341-5/2022 caratulado “D.G.C.C. S/ SOLUCIÓN DE
STORAGE PARA EL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CABA" y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución SAGyP Nº 607/2022 se aprobó el procedimiento llevado a
cabo en la Licitación Pública N° 2-0035-LPU22, para la provisión, instalación,
configuración y puesta en funcionamiento de una solución de storage para el Ministerio
Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se adjudicó a la firma
TELEXTORAGE S.A. (CUIT 30-69688102- 9), por el monto total dólares
estadounidenses cuatrocientos treinta y cinco mil trescientos treinta y cuatro (USD
435.334.-). Asimismo la contratación referida se formalizó mediante la Orden de
Compra 2-0026-OC22, notificada a la adjudicataria el día 29 de diciembre del año
2022.
Que durante la relación contractual, este Consejo de la Magistratura junto a la firma
adjudicataria, con la conformidad del área técnica requirente, decidieron conveniente
suscribir un Acta Acuerdo, a través de la cual se adecuaba parcialmente la
documentación contractual que forma parte de la Licitación Pública N° 2-0035-LPU22
(v. Adjuntos 59497/23, 56501/23, 60870/23 y 60871/23).
Que en tal entendimiento, la Dirección General de Compras y Contrataciones tomó
intervención como Unidad Operativa de Adquisiciones, y elevó lo actuado a esta
Secretaría, (v. Memo DGCC 866/23).
Que requerida que fuera al efecto, tomó intervención la Dirección General de Asuntos
Jurídicos y emitió el Dictamen Nº 12153/2023.Que la Ley N° 6.302 al modificar la Ley
N° 31 creó la Secretaría de Administración General y Presupuesto y estableció dentro
de sus funciones la de ejecutar, bajo el control de la Comisión de Administración,
Gestión y Modernización Judicial, el presupuesto anual del Poder Judicial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (cfr. inc. 4 del art. 27 de la Ley N° 31 texto consolidado
según Ley N° 6.588-) y la de realizar las contrataciones de bienes y servicios (cfr. inc.
6 del art. 27 de la Ley N° 31 -texto consolidado según Ley N° 6.588-).
Que sentado ello, debe señalarse que la contratación de marras se rige por las
disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.588), la
Resolución CM N° 276/2020 y en la Ley de Procedimientos Administrativos Decreto
Que por lo expuesto, conforme lo actuado por la Dirección General de Compras y
Contrataciones y en línea con lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos
Jurídicos, resulta oportuno aprobar el modelo de Acta Acuerdo que como Adjunto
88904/2023 formará parte de la presente Resolución, todo ello en el marco de la
Licitación Pública N° 2-0035-LPU22 (Orden de Compra 2-0026-OC22), y al amparo de
lo establecido en el inciso a) del artículo de la Ley N° 2.095 (texto consolidado
según Ley N° 6.588).
Que en consecuencia, corresponderá instruir a la Dirección General de Compras y
Contrataciones a realizar las publicaciones y notificaciones conforme lo establecido en
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6667 - 24/07/2023

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