Resolución - Simple N° 32 - CDNNYA/2024, 15/01/2024

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
RESOLUCIÓN N.º 32/CDNNYA/24
Buenos Aires, 10 de enero de 2024
VISTO: Las Leyes N° 70 y N° 114 (textos consolidados por Ley Nº 6.588), el
Expediente Electrónico N° 46133173-GCABA-DGLTACDN/23, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes, el cual goza de autonomía técnica y administrativa y
autarquía financiera;
Que el artículo 2° de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley Nº 6. 588) establece que
los Sistemas de Gestión y la Administración Financiera comprenden el conjunto de
órganos, normas y procedimientos que hacen posible la obtención de los recursos
públicos y su aplicación para el cumplimiento de los objetivos del Estado;
Que este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes ha integrado sus
gestiones administrativas al Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera
(SIGAF);
Que para afrontar los pagos de los servicios básicos de todas las áreas dependientes
de este organismo en forma descentralizada a través del SIGAF, resulta necesario el
dictado de un acto administrativo por el que se autorice el gasto correspondiente a los
servicios que resultan indispensables para el funcionamiento de los inmuebles donde
funcionan las distintas sedes dependientes de este Consejo;
Que, a su vez, para afrontar el gasto en concepto de los peajes por el servicio de
traslado de niños, niñas y adolescentes, a través del SIGAF, resulta necesario dictar
un acto administrativo por el que se autorice el gasto por dicho servicio, en tanto el
mismo resulta necesario para el normal funcionamiento de los vehículos oficiales de
este Consejo;
Que, excepcionalmente, y previa conformidad del titular de la Dirección Operativa de
Gestión Financiera, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y
Administrativa de este Consejo, podrá utilizarse el fondo de la Caja Chica asignada a
dicha unidad de organización para el pago de los servicios mencionados
precedentemente;
Que el titular de la precitada Dirección Operativa ha tomado intervención en el ámbito
de su competencia;
Que los gastos en cuestión serán imputados a las correspondientes partidas
presupuestarias del Ejercicio 2024;
Que, por su parte, y con relación al inmueble donde funciona la Defensoría Zonal
Comuna 4-Nueva Pompeya, dependiente de la Dirección General de Programas
Descentralizados de este Consejo, conforme Acta Acuerdo suscripta con la
Organización No Gubernamental Asociación Civil “JAI para promover la Inclusión
Social” -obrante en el Expediente Electrónico N° 40158380-GCABA-VPCDNNYA/22-,
este Consejo afrontó el pago de los servicios básicos de dicho inmueble, a excepción
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6791 - 15/01/2024

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR