Resolución - Simple N° 30 - OGDAI/2024, 04/04/2024

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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RESOLUCIÓN N.º 30/OGDAI/24
Buenos Aires, 20 de marzo de 2024
VISTO: La Ley N°104 (t.c. Ley N°6.588), los Decretos N°260/17, N°427/17, N°13/18,
42/23 y N°387/23, y los expedientes electrónicos EX-2024-03842430-GCABA-
DGSOCAI y EX-2024-08186618-GCABA-OGDAI; y
CONSIDERANDO:
Que, en el expediente N° EX-2024-08186618-GCABA-OGDAI tramita un reclamo de
acceso a la información pública interpuesto el día 21 de febrero de 2024 contra la
Unidad Ejecutora Renovación Urbana de la Traza de la EX AU3 del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat y la Dirección General Administración de Bienes del
Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 32 de la Ley
N° 104);
Que, el Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información tiene entre sus
atribuciones, la de recibir y resolver los reclamos que ante él se interpongan. Podrán
interponer reclamos aquellas personas que hayan realizado un pedido de información
pública y que no hayan recibido respuesta en plazo o, habiéndola recibido, la
consideren insuficiente (artículos 12, 13, 26 incisos a, c, d y f, y artículo 32 de la Ley
N°104); El 12 de enero de 2024 una persona solicitó información sobre el inmueble
sito en Plaza 1270. Particularmente, consultó sobre 1) el número de expediente
correspondiente a Margarita Cerón, DNI 5148568, censada en Plaza 1266/70 y su
estado de situación, y 2) el estado de situación del inmueble sito en Plaza 1270,
identificado catastralmente como 049-077-034, específicamente su titularidad, su uso
actual, si tiene algún permiso o cesión y en ese caso la normativa correspondiente;
Que, el sujeto obligado notificó su respuesta al reclamante el día 5 de febrero de 2024,
como consta en el informe IF-2024-06351526-GCABA-UEEXAU3 y la providencia PV-
2024-06453769-GCABA-UEEXAU. Señaló que, respecto de la Sra. Cerón, se registró
únicamente la digitalización de la nota 482-UEEXAU3-2003 obrante en el expediente
EX-2024-05681245-GCABA-UEEXAU3. En relación con el punto 2 de la solicitud
señaló que, según la nota NO-2022-33509094-GCABA-DGEGRAL, el inmueble
pertenece al dominio de la Fundación San Roque. Como la Unidad Ejecutora no posee
los antecedentes dominiales de esa transferencia, sugirió remitir la consulta del punto
2 a la Subsecretaría Administración de Bienes Inmuebles y a la Dirección General
Escribanía General;
Que, el 21 de febrero de 2024, el particular interesado interpuso un reclamo ante el
Órgano Garante (artículo 32 de la Ley N° 104). Indicó que el sujeto obligado no dio
respuesta al punto 2 de su solicitud;
Que este Órgano Garante dio traslado del reclamo a la Dirección General
Administración de Bienes (artículo 6 del Anexo I de la RESOL-2023-174-GCABA-
OGDAI);
Que, el día 11 de marzo de 2024, la Dirección General Administración de Bienes
formuló su respuesta mediante nota NO-2024-10513969-GCABA-DGADB. Informó
que responde en el marco de las competencias asignadas conforme Decreto N°
387/GCABA/23. Así, respecto al primer punto de la solicitud, señaló que no
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6845 - 04/04/2024

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