Resolución - Simple N° 285 - MDEPGC/2023, 14/04/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 285/MDEPGC/23
Buenos Aires, 11 de abril de 2023
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires – Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado Ley N°
6.588), las Leyes N° 324 y N° 3.396, los Decretos N° 359-GCABA/10, N° 463-
GCABA/19 y sus modificatorios, la Resolución N° 2-UEPRAU3/01, las Disposiciones
N° 54-GCABA-UEEXAU3/22 y 3-GCABA-UEEXAU3/23, los Expedientes Electrónicos
N° 36543384-GCABA-UEEXAU3/21 y 27692907-GCABA-UEEXAU3/22, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico interpuesto por el Sr.
Mathias Ezequiel Pérez Larroca D.N.I. N° 37.905.790 contra los términos de la
Disposición N° 54-GCABA-UEEXAU3/22;
Que, a modo de antecedente, cabe destacar que el Sr. Pérez Larroca solicita se lo
declare beneficiario de la Ley N° 324 por habitar el inmueble de dominio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires sito en Av. Federico Lacroze 3601, Piso 2 Dpto. A, UF 11;
Que el Sr. Pérez Larroca funda su pretensión en haber sido conviviente de su abuela
fallecida, la Sra. Nélida Marhaba, D.N.I. F5.964.971, quien fuera beneficiaria de la Ley
N° 324 en virtud de Resolución N° 413-SECPLAN/14 tras el fallecimiento de su
cónyuge, Sr. Miguel Larroca, beneficiario por Resolución N° 2-UEPRAU3/01;
Que consecuentemente, mediante Disposición N° 54-GCABA-UEEXAU3/22 la Unidad
Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex Au3, desestimó el pedido
de incorporación como beneficiario de la Ley Nº 324 efectuado por el Sr. Mathias
Ezequiel Pérez Larroca, D.N.I. N° 37.905.790, toda vez que su madre, la Sra. Gabriela
Larroca fue declarada beneficiaria de la solución habitacional;
Que en fecha 24 de octubre de 2022 se notificó el acto administrativo en cuestión y en
los términos de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, tal como surge de la
Cédula obrante bajo Informe N° IF-2022-37996002-GCABAUEEXAU3;
Que en fecha 4 de noviembre de 2022, el Sr. Pérez Larroca interpuso recurso de
reconsideración con jerárquico en subsidio contra la Disposición N° 54-
UEEXAU3/2022, el cual luce agregado como Informes N° IF-2022-46867518-GCABA-
UEEXAU3 e IF-2022-46075486-GCABA-UEEXAU3;
Que la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex Au3,
mediante Disposición N° 3-GCABA-UEEXAU3/23 desestimó el recurso de marras, en
similitud a la misma postura que dio curso con la Disposición N° 54-GCABA-
UEEXAU3/22;
Que resulta importante destacar que previo a emitir el mencionado acto administrativo,
se le dio intervención a la Procuración General de la Ciudad, la cual mediante
Dictamen Jurídico N° IF-2023-05030542- GCABA-PGAAIYEP, coincidiendo y
ratificando en su opinión que el Sr. Pérez Larroca no corresponde ser declarado como
beneficiario de la Ley N° 324;
Que, en consecuencia, el Titular de la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de
la Traza de la ExAU3, mediante Providencia N° PV-2023-06050050-GCABA-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6600 - 14/04/2023

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