Resolución - Simple N° 266 - SAGYP/2023, 08/06/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.° 266/SAGYP/23
Buenos Aires, 5 de junio de 2023
VISTO: El TEA A-01-00003262-6/2023 caratulado “D.G.C.C. S/Solicitudes de
Adecuaciones y Redeterminaciones de Precios en el marco de la Contratación del
Servicio de Elaboración y Ejecución de un Programa de Seguridad Informática y de la
Información”; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución SAGyP N° 394/22 se aprobó el procedimiento llevado a
cabo en la Licitación Pública N° 9/2022 tendiente a la contratación del servicio de
elaboración y ejecución de un programa de seguridad informática y de la información
destinada al Poder Judicial (áreas Administrativa y Jurisdiccional) de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y se adjudicó la mismo a la firma Proguide S.R.L. (CUIT N°
33-70872823-9) por el monto total de pesos ciento doce millones ciento doce mil
seiscientos cuarenta ($112.112.640.-). Asimismo, la contratación referida se formalizó
mediante la Orden de Compra N° 1587.
Que en el marco del Licitación Pública Nº 9/2022, la firma Proguide S.R.L. solicitó la
adecuación provisoria de precios sobre la Licitación Pública N° 9/2022 (v. Adjuntos
8674/23 a 8678/23 y 19386/23 a 19390/23).
Que en cumplimiento de la Resolución CM N° 198/2020 -que reglamentó la Ley N°
2.809 y aprobó el Protocolo de Actuación para la Adecuación Provisoria y
Redeterminación Definitiva de Precios-, la Oficina de Redeterminación de Precios dio
intervención a la Dirección General de Informática y Tecnología, la cual informó que no
existe mora en la ejecución de los servicios prestados por la firma Proguide S.R.L. (v.
Notas DGIyT N° 335/23).
Que a su vez, la Oficina de Redeterminación de Precios confeccionó el informe
previsto en el artículo 5° del Anexo II de la Resolución CM N° 198/2020, donde analizó
y se expidió sobre la procedencia de la solicitud efectuada, los índices utilizados para
el cálculo, la estructura de costos, la mora en la ejecución del contrato, la curva de
inversión y plan de trabajo, la ejecución del contrato al momento de la presentación de
la solicitud, la determinación del porcentaje de la adecuación a aprobar, la
determinación del monto total indicado por la contratista y la actualización del nuevo
monto de la contratación y consideró que la solicitud presentada resultaba admisible,
estableciendo una (1) adecuaciones de precios entre el periodo de septiembre y
noviembre de 2022 (v. Adjuntos 68127/23 y 68128/23).
Que en tal entendimiento, y en un todo de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 70
(texto consolidado según Ley N° 6.588), la Dirección General de Programación y
Administración Contable realizó la afectación presupuestaria del gasto en cuestión (v.
Adjunto 77284/23).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó intervención y emitió el Dictamen
DGAJ N° 12030/2023.
Que la Ley N° 6.302 al modificar la Ley N° 31 creó la Secretaría de Administración
General y Presupuesto y estableció dentro de sus funciones la de ejecutar, bajo el
control de la Comisión de Administración, Gestión y Modernización Judicial, el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6637 - 08/06/2023

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