Resolución - Simple N° 2407 - MEDGC/2023, 30/05/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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RESOLUCIÓN N.º 2407/MEDGC/23
Buenos Aires, 27 de abril de 2023
VISTO: La Ley N° 2.917 (texto consolidado por Ley Nº 6.588), los Decretos N° 393/09
y 75/15, el Expediente Electrónico Nº 15235967-GCABA-SSCPEE/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 2.917 (texto consolidado por Ley Nº 6.588), se aprobó el Régimen
de Becas Estudiantiles para alumnos/as regulares de nivel medio/secundario de
escuelas de gestión estatal de todas las modalidades y orientaciones dependientes del
Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el mencionado Régimen tiene por finalidad garantizar el acceso, permanencia,
reingreso y promoción de alumnos/as de escuelas de nivel medio/secundario de
gestión estatal que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeconómica;
Que por el Decreto Nº 75/15 se estableció el destino de las becas estudiantiles
creadas por la Ley N° 2.917 (texto consolidado por Ley Nº 6.588), disponiéndose en el
artículo 1° que el Régimen de Becas Estudiantiles se encuentra destinado a aquellos
alumnos/as regulares matriculados que cursen obligatoriamente en escuelas de nivel
medio de gestión estatal de todas las modalidades y orientaciones dependientes del
Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, en el artículo 2º del mencionado Decreto se estableció exceptuar de la
obligatoriedad dispuesta en el artículo 1° de la norma, a aquellos/as alumnos/as
inscriptos/as en proyectos y programas implementados por el Ministerio de Educación
con financiamiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que hayan
sido beneficiarios de Becas Estudiantiles y que, a la fecha del dictado del Decreto -11
de marzo de 2015-, se encontraran cursando estudios de nivel medio, pudiendo
solicitar la renovación de dicho beneficio, en tanto no se configuren los supuestos del
artículo 16 de la Ley Nº 2.917 (texto consolidado por Ley Nº 6.588);
Que la Gerencia Operativa de Inclusión Educativa, dependiente de la Subsecretaría de
Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, elevó el listado de alumnos
beneficiarios del citado Régimen de Becas Estudiantiles, conforme lo detallado en el
Anexo I (IF-2023-15746035-GCABA-SSCPEE);
Que dicho Anexo I (IF-2023-15746035-GCABA-SSCPEE) comprende a setecientos
sesenta y nueve (769) beneficiarios pertenecientes al ciclo lectivo agosto 2022-julio
2023, que cumplieron con las condiciones establecidas en el artículo , y 14 de la
Ley 2.917 (texto consolidado por la Ley N° 6.588), y les corresponde percibir la
segunda (2da) cuota a cada uno de ellos, por la suma de pesos veintitrés mil
novecientos veinticinco con 00/100 ($23.925,00.-);
Que a su vez, el referido Anexo contempla a tres (3) estudiantes regulares
pertenecientes al ciclo lectivo marzo-diciembre 2022, inscritos por excepción fuera de
término (FT), que cumplieron con las condiciones establecidas en el artículo 5° de la
Ley 2.917 (texto consolidado por Ley Nº 6.588), y les corresponde percibir la totalidad
de la beca a cada uno de ellos, por un importe de pesos treinta y tres mil con 00/100
($33.000,00.-);
Que además, el Anexo contempla a una (1) estudiante regular perteneciente al ciclo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6630 - 30/05/2023

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