Resolución - Simple N° 208 - SSPPM/2022, 27/12/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 208/SSPPM/22
Buenos Aires, 16 de diciembre de 2022
VISTO: las Leyes Nº 731 y 5671 (textos consolidados Ley Nº 6347), los Decretos Nº
101- GCABA-17 y N ° 262, 337-GCABA-AJG-2021 y 164-GCABA-AJG-2022, las
Resoluciones 95 y 191-GCABA-SECBI- 2022, la Resolución Nº 4778 y el EX-2022-
45445140-GCABA-DGPAPM, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley Nº 731 (texto consolidado Ley Nº 6347) se instituyó el subsidio
para la atención domiciliaria y hospitalaria para personas mayores sin cobertura social
o de escasos recursos que requieran ayuda en sus domicilios o en efectores de la
salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los que se encuentren
transitoriamente internados (arts. 1º y 2º);
Que el referido subsidio tiene por objeto el pago de las prestaciones en horas de
asistencia gerontológica domiciliaria, siendo sus destinatarios personas mayores sin
cobertura social o de escasos recursos, con o sin familia, que por diversos motivos
requieran ayuda en sus domicilios para mantener o restablecer su bienestar físico,
social y/o afectivo y/o para realizar las actividades elementales de la vida diaria;
Que la Ley Nº 5671 y el Decreto Reglamentario Nº 101/17 definieron y establecieron
las funciones de los Asistentes Gerontológicos calificándolos como Institucionales o
Domiciliarios de acuerdo al lugar en el cual presten sus servicios, agregando que se
trata de un servicio especializado con visión gerontológica de prevención,
acompañamiento, apoyo, contención y asistencia;
Que asimismo las normas referidas determinaron la obligatoriedad de inscripción en el
Registro Único y Obligatorio y la capacitación inicial, periódica y permanente de las
personas que cumplen dicha función;
Que conforme las previsiones de la Ley Nº 731, la entonces Dirección General de
Tercera Edad, fue designada como el organismo responsable de la capacitación e
inscripción en un registro que se habilitaría al efecto (art. 3º);
Que mediante los Decretos Nº 262 y 337-GCABA-AJG-2021, se modificó la estructura
organizativa del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, transfiriéndose, a partir del 1º de agosto de 2021, a dicho ministerio la
Secretaría de Integración Social para Personas Mayores y sus niveles dependientes,
en virtud del primero; y modificándose la denominación y responsabilidades primarias
de la Secretaría Integración Social para Personas Mayores y de la Dirección General
Dependencias y Atención Primaria, las cuales pasaron a denominarse Secretaría de
Bienestar Integral y Dirección General Políticas Asistenciales para Personas Mayores,
respectivamente, en virtud del segundo;
Que en última instancia, a través del Decreto Nº 164-GCABA-AJG-2022 y a los fines
de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo, se modificó nuevamente la
estructura organizativa del Ministerio de Salud, creándose en la órbita de la Secretaría
de Bienestar Integral, la Subsecretaría para Personas Mayores, y modificándose las
responsabilidades primarias y dependencia funcional de la Dirección General Políticas
Asistenciales para Personas Mayores que pasó a depender de la Subsecretaría
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6527 - 27/12/2022

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