Resolución - Simple N° 2032 - SSGMO/2023, 17/08/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 2032/SSGMO/23
Buenos Aires, 10 de agosto de 2023
VISTO: Las Leyes 2095 y 2809 (texto consolidado según Ley Nº 6.588), el Decreto
Reglamentario Nº 129/GCABA/2023, la Disposición N° 333-DGCYC-2023, el
Expediente Electrónico N° EX-2023-27604984-GCABA-SECTOP, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el visto tramita la contratación de un servicio
de mantenimiento, provisión e instalación de señalización vertical para la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con destino a la Unidad de Proyectos Especiales
Infraestructura de la Movilidad (en adelante, UPEIM), dependiente de la Subsecretaría
Gestión de la Movilidad de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas;
Que de acuerdo a lo manifestado por la Unidad de Proyectos Especiales
Infraestructura de la Movilidad en su Nota NO-2023-27561135-GCABA-UPEIM, la
presente contratación tiene por finalidad la contar con la provisión de material y la
prestación de los trabajos correspondientes, para la instalación y mantenimiento de la
señalización vertical en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
promoviendo y garantizando la seguridad vial, de acuerdo a las normas, prioridades y
restricciones establecidas por las normas de tránsito vigentes;
Que el presupuesto oficial se ha establecido en la suma de Pesos dos mil sesenta y
tres millones ($2.063.000.000);
Que atento a ello, se consideró conveniente llevar a cabo la presente contratación al
amparo de lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley
6.588) y su reglamentación vigente;
Que al no contar con la posibilidad de prever la cantidad exacta de servicios o
frecuencia con la que éstos deberán ser prestados, ello en virtud de la dinámica
inherente a la operatividad de esta clase de servicios, se adoptó la modalidad de
Orden de Compra Abierta, concordante con lo previsto en el Artículo 41 de la Ley N°
2.095 (texto consolidado por Ley 6.588);
Que por Disposición N° 333-DGCYC-2023 la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y
contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 19, Inciso j) de
la Ley N° 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que son parte integrante de esta contratación, los Pliegos de Bases y Condiciones
Generales, Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y Pliego de Especificaciones
Técnicas;
Que se ha dado intervención a la Dirección General de Redeterminación de Precios en
cumplimiento de lo establecido en el Decreto Nº 127/GCBA/2014;
Que se ha dado debida intervención a la Gerencia Operativa de Asuntos Legales de
Seguros de la Dirección General de Compras y Contrataciones en lo respectivo al
marco de sus competencias;
Que se ha dado debida intervención a la Dirección General de Compras y
Contrataciones, a los efectos de que emita opinión en lo respectivo a la aplicación de
penalidades previstas en los Pliegos de Cláusulas Particulares;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6686 - 17/08/2023

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